Aspectos de un empresario

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El trabajo es el conjunto de tareas y de actividades que las personas desarrollan dentro de la empresa es la aportación del elemento humano en la empresa como factor de producción

Según la normativa laboral para que una actividad sea considerada como trabajo se tiene que cumplir las cuatro carácterísticas siguientes:

Voluntariedad: la persona decide si trabaja donde lo hace y de qué manera.Es plenamente libre de decidir dentro de la relación laboral.

Por cuenta ajena: trabaja para una empresa, la cual se beneficia del fruto de su trabajo y por ello la compensa pagándole un salario.

Remuneración: el trabajo debe ser retribuido, la persona realiza una actividad laboral a cambio del salario

Subordinación: dentro de la relación laboral el trabajo de la persona está sujeto a las decisiones del empresario.

DERECHOS Y LIBERTADES:

Derechos básicos: Trabajo y libre elección de profesión. Libre sindicación Negociación colectiva  

Reuníón 

Huelga

Participación en la empresa 

DERECHOS RELACIONADOS CON EL TRABAJO:

Ocupación efectiva del lugar de trabajo 

Promoción y formación profesional 

Aplicación de las normas de salud laboral

Respeto a la intimidad y a la dignidad 

Percepción puntual del salario 

No sufrir discriminación por ninguna razón 

Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo 

Protección frente a ofensas de todo tipo

DEBERES FUNDAMENTALES

observar las obligaciones del lugar de trabajo con buena fe y diligencia 

Cumplir las medidas de seguridad e higiene del trabajo

Obedecer las órdenes e instrucciones del empresario 

Mejora de la productividad 

No competir con la actividad de la empresa

EL MARCO NORMATIVO LABORAL

  • Estatuto de los trabajadores:
    norma básica que fundamenta todo el Marco normativo laboral, ya que se desarrolla y concreta el conjunto de derechos libertades y obligaciones que tienen los trabajadores de la empresa.

  • Ley de libertad sindical: es la norma que fundamenta la representación colectiva de los trabajadores por parte de los sindicatos que defienden sus intereses

  • Normas laborales de la Uníón Europea: normativas europeas que tienen la finalidad de garantizar un mínimo nivel de vida de los trabajadores

  • Convenios colectivos: son los acuerdos pactados entre los representantes de los trabajadores y de las empresas de un sector de actividad donde se fijan las condiciones de trabajo y las normas de convivencia

  • Contrato de trabajo: es un acuerdo de ámbito privado por el que el trabajador y la empresa pactan las carácterísticas de la relación laboral por cuenta ajena

EL CONTRATO DE TRABAJO:

El contrato de trabajo es un acuerdo en el que se reflejan las voluntades de un empleado y un trabajador que se compromete a prestar personalmente a la empresa sus servicios remunerados, actuar bajo su dirección y a cederle el resultado que se obtenga con su actividad.

  • Contenido de la prestación laboral: el tipo de trabajo que realizar

  • Duración: por tiempo indefinido (fijo) o duración determinada (temporal)

  • Remuneración salarial: el salario mensual

  • Periodo de prueba: es operativo y debe constar por escrito como mínimo 6 meses y, como como máximo 2 meses.

  • Tiempo de trabajo: fijación de la jornada laboral

  • Forma del contrato: se puede celebrar por escrito o de forma oral.

Existen modalidades de contratación: 

Contratos indefinidos: en ellos no se fija una fecha determinada de finalización son los que tienen los trabajadores que forman parte de la plantilla fija o estable de la empresa

Contratos de duración determinada: se fija una fecha determinada de finalización hay tres tipos: obras y servicios determinados, eventual por circunstancias de la producción, Internidad.

  • Contratos formativos: proporcionan experiencia laboral información. Pueden ser en prácticas o para la formación y aprendizaje del trabajador.

  • Contratos a tiempo parcial: cuando la jornada de trabajo es inferior a la máxima.

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