Aspectos Clave de las Relaciones Laborales

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Contrato de Trabajo

  • Acuerdo entre trabajador y empresario donde se presta un servicio voluntario, por cuenta ajena, retribuido y dentro de una organización.
  • Debe formalizarse por escrito (excepto el indefinido ordinario a jornada completa, que puede ser verbal).
  • Debe incluir: datos de ambas partes, duración, jornada, salario, categoría profesional y convenio aplicable.

Ejemplo: Un contrato temporal de 6 meses a jornada parcial firmado por una camarera en un restaurante.

Derechos y Deberes del Trabajador

Derechos del Trabajador

  • Recibir la remuneración pactada y en el tiempo establecido.
  • Acceder a formación profesional y promoción interna.
  • No ser discriminado por sexo, religión, edad, etc.
  • A la integridad física y a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral.

Ejemplo: Un trabajador puede denunciar si no le pagan en la fecha acordada o si lo discriminan en una entrevista.

Deberes del Trabajador

  • Cumplir con las obligaciones del contrato y realizar el trabajo con diligencia.
  • Obedecer instrucciones del empresario dentro del marco legal.
  • Respetar las medidas de prevención de riesgos.
  • Conservar en buen estado los materiales y herramientas.

Ejemplo: Si un trabajador no usa el EPI obligatorio, incumple un deber y puede ser sancionado.

Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

  • Conjunto de acciones para evitar accidentes y enfermedades profesionales en el entorno de trabajo.
  • Incluye evaluación de riesgos, formación, uso de EPI, vigilancia de la salud, señalización, etc.

Ejemplo: En una obra, los trabajadores deben llevar casco, chaleco reflectante y botas de seguridad.

Representación de los Trabajadores

  • Se organiza a través de los Delegados de Personal (empresas de 10 a 49 trabajadores) o el Comité de Empresa (a partir de 50).
  • Su función es defender los intereses de los trabajadores ante la empresa.
  • Tienen derecho a información, consulta, reunión y negociación.

Ejemplo: El comité puede exigir mejoras en el convenio colectivo o denunciar condiciones inseguras.

Libertad Sindical

  • Derecho a afiliarse o no a un sindicato.
  • Nadie puede obligarte.
  • Se pueden crear sindicatos.
  • Pueden sindicarse: trabajadores por cuenta ajena, desempleados, jubilados, autónomos sin empleados, policías.
  • No pueden: jueces, fiscales, Guardia Civil, militares.

Sindicatos

  • Asociación estable de trabajadores/as.
  • Defienden intereses laborales.
  • Negocian convenios colectivos.
  • Promueven elecciones sindicales.
  • Representan ante la administración.
  • Organización: por sector (metal, educación...), por zona (estatal, autonómica...), por empresa.

Representación Unitaria (en la Empresa)

  • Elecciones cada 4 años.
  • Electores: +16 años y 1 mes de antigüedad.
  • Elegibles: +18 años y 6 meses de antigüedad.
  • Delegados de Personal:
    • 6-10 trabajadores (1 opcional)
    • 11-30 trabajadores (1)
    • 31-49 trabajadores (3)
  • Comité de Empresa (desde 50 trabajadores):
    • 50-100 (5)
    • 101-250 (9)
    • 251-500 (13)
    • 501-750 (17)
    • 751-1000 (21)
    • +1000 (2 más cada 1000, máx 75)
  • Funciones: vigilar cumplimiento legal, recibir información (económica, formación, igualdad...), emitir informes.
  • Garantías: no pueden ser despedidos por ejercer su función, libertad de expresión, horas sindicales retribuidas.

Representación Sindical

  • Sección Sindical: grupo de afiliados dentro de la empresa.
  • Puede haber Delegado Sindical si: +250 trabajadores y el sindicato tiene representación en el comité.

Derecho de Reunión (Asamblea)

  • Se puede hacer en el centro de trabajo.
  • Fuera del horario laboral (salvo acuerdo).
  • Avisar con mínimo 48h de antelación.

Negociación Colectiva

  • Derecho constitucional.
  • Convenio Colectivo: acuerdo entre trabajadores y empresa.
  • Contenido:
    • Económicas (salario, pagas...)
    • Laborales (jornada, descansos, sanciones...)
    • Sociales (comedor, guardería...)
    • Igualdad (medidas de equidad)
  • Ámbitos:
    • Geográfico (local, provincial, estatal)
    • Funcional (sector)
    • Personal (a quién aplica)
    • Temporal (duración, prórroga automática si no se denuncia)

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