Aspectos Clave de las Prestaciones de Seguridad Social
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Conceptos Generales de Seguridad Social
La afiliación a la Seguridad Social: Es única para toda la vida del trabajador.
La Seguridad Social: Tiene 2 modalidades de cobertura, contributiva y no contributiva.
De qué entidad gestora se responsabiliza la recaudación de las cotizaciones: Tesorería General de la Seguridad Social.
Entidad gestora de la Seguridad Social que se encarga de la gestión y administración de las prestaciones económicas: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Prestaciones por Incapacidad
Incapacidad Temporal (IT)
En caso de accidente de trabajo, tiene derecho a una prestación por IT: No se requiere ningún periodo de cotización previo.
Tiempo de cotización necesario para poder cobrar una prestación por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo: Ninguno.
Si la incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo, la prestación es del: 75% de la base reguladora a partir del 1º día de baja.
En el caso de incapacidad temporal por accidente no laboral, la prestación económica de los 3 primeros días de baja es: No se percibe nada durante esos días.
Para percibir prestación económica por incapacidad temporal en caso de enfermedad común: Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, y haber cotizado 180 días durante los 5 años anteriores.
Incapacidad temporal por enfermedad común: Prestación económica si se ha cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja médica.
Incapacidad Permanente
La incapacidad sufrida por un trabajador que le inhabilita para realizar las tareas fundamentales de su profesión, pero que le permite realizar las de otra distinta: Incapacidad permanente total.
La incapacidad permanente total: Inhabilita para la profesión habitual.
Prestación por incapacidad permanente total: Una pensión correspondiente al 55% de la base reguladora, ampliable en un 20% en algunos casos.
La incapacidad que inhabilita para el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio: Incapacidad permanente absoluta.
La incapacidad sufrida por un trabajador que le inhabilita para el ejercicio de todo tipo de profesión y que necesita asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales es: Gran invalidez.
La prestación por gran invalidez consiste en: Una pensión correspondiente al 100% de la base reguladora, incrementada con un complemento que no podrá ser menos del 45% de la pensión.
Prestaciones por Jubilación
Después de la última reforma legislativa y tras el periodo transitorio, para acceder a la jubilación se exigen con carácter general: 67 años o 65 años si se han cotizado 35 años y 6 meses.
La base reguladora para el cálculo de la pensión de jubilación se calcula: Dividiendo por 350 la suma de las bases de cotización correspondientes a los últimos 300 meses (25 años).
Mínimo de años de cotización para que una persona pueda cobrar la pensión de jubilación, una vez finalizado el periodo transitorio (edad 67 años): 15 años.
Para que la jubilación alcance el 100% de la base reguladora, se habrá cotizado: 37 años.
Para tener derecho a la jubilación además de la edad: Tener cotizado 15 años en toda su vida laboral, pero 2 dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la jubilación.
Prestaciones por Desempleo
El periodo máximo de prestación por desempleo que se puede cobrar: 720 días (24 meses).
Qué periodo mínimo de cotización se exige para tener derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo: 18 meses.
Para tener derecho a la prestación por desempleo se debe reunir: Haber cotizado como mínimo 12 meses dentro de los últimos 6 años.
Periodo mínimo de cotización que se exige para tener derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo: 12 meses.
La prestación económica por desempleo es del: 70% de la base reguladora de los 180 primeros días, y del 50% a partir del 181.
Importe del subsidio por desempleo (nivel no contributivo): 80% del IPREM.
Otras Prestaciones
La prestación por maternidad a cargo de la Seguridad Social: Consiste en el pago de un subsidio del 100% de la base reguladora.
La duración de la prestación por maternidad: Se extiende a 16 semanas y dos semanas por cada hijo de más.
El periodo de suspensión del contrato por maternidad que se debe disfrutar después del parto: 6 semanas.
La prestación por riesgo durante el embarazo: 100% de la base reguladora.
La pensión de orfandad se extingue: En general al cumplir 21 años.
Porcentaje de base reguladora que recibe el titular de una pensión de viudedad: 52%.
Trámites
Cuándo debe tramitarse el alta de un trabajador al Régimen General de la Seguridad Social: Previamente al inicio de la actividad laboral del trabajador.