Aspectos Clave de las Prestaciones de Seguridad Social

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Conceptos Generales de Seguridad Social

La afiliación a la Seguridad Social: Es única para toda la vida del trabajador.

La Seguridad Social: Tiene 2 modalidades de cobertura, contributiva y no contributiva.

De qué entidad gestora se responsabiliza la recaudación de las cotizaciones: Tesorería General de la Seguridad Social.

Entidad gestora de la Seguridad Social que se encarga de la gestión y administración de las prestaciones económicas: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Prestaciones por Incapacidad

Incapacidad Temporal (IT)

En caso de accidente de trabajo, tiene derecho a una prestación por IT: No se requiere ningún periodo de cotización previo.

Tiempo de cotización necesario para poder cobrar una prestación por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo: Ninguno.

Si la incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo, la prestación es del: 75% de la base reguladora a partir del 1º día de baja.

En el caso de incapacidad temporal por accidente no laboral, la prestación económica de los 3 primeros días de baja es: No se percibe nada durante esos días.

Para percibir prestación económica por incapacidad temporal en caso de enfermedad común: Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, y haber cotizado 180 días durante los 5 años anteriores.

Incapacidad temporal por enfermedad común: Prestación económica si se ha cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja médica.

Incapacidad Permanente

La incapacidad sufrida por un trabajador que le inhabilita para realizar las tareas fundamentales de su profesión, pero que le permite realizar las de otra distinta: Incapacidad permanente total.

La incapacidad permanente total: Inhabilita para la profesión habitual.

Prestación por incapacidad permanente total: Una pensión correspondiente al 55% de la base reguladora, ampliable en un 20% en algunos casos.

La incapacidad que inhabilita para el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio: Incapacidad permanente absoluta.

La incapacidad sufrida por un trabajador que le inhabilita para el ejercicio de todo tipo de profesión y que necesita asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales es: Gran invalidez.

La prestación por gran invalidez consiste en: Una pensión correspondiente al 100% de la base reguladora, incrementada con un complemento que no podrá ser menos del 45% de la pensión.

Prestaciones por Jubilación

Después de la última reforma legislativa y tras el periodo transitorio, para acceder a la jubilación se exigen con carácter general: 67 años o 65 años si se han cotizado 35 años y 6 meses.

La base reguladora para el cálculo de la pensión de jubilación se calcula: Dividiendo por 350 la suma de las bases de cotización correspondientes a los últimos 300 meses (25 años).

Mínimo de años de cotización para que una persona pueda cobrar la pensión de jubilación, una vez finalizado el periodo transitorio (edad 67 años): 15 años.

Para que la jubilación alcance el 100% de la base reguladora, se habrá cotizado: 37 años.

Para tener derecho a la jubilación además de la edad: Tener cotizado 15 años en toda su vida laboral, pero 2 dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la jubilación.

Prestaciones por Desempleo

El periodo máximo de prestación por desempleo que se puede cobrar: 720 días (24 meses).

Qué periodo mínimo de cotización se exige para tener derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo: 18 meses.

Para tener derecho a la prestación por desempleo se debe reunir: Haber cotizado como mínimo 12 meses dentro de los últimos 6 años.

Periodo mínimo de cotización que se exige para tener derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo: 12 meses.

La prestación económica por desempleo es del: 70% de la base reguladora de los 180 primeros días, y del 50% a partir del 181.

Importe del subsidio por desempleo (nivel no contributivo): 80% del IPREM.

Otras Prestaciones

La prestación por maternidad a cargo de la Seguridad Social: Consiste en el pago de un subsidio del 100% de la base reguladora.

La duración de la prestación por maternidad: Se extiende a 16 semanas y dos semanas por cada hijo de más.

El periodo de suspensión del contrato por maternidad que se debe disfrutar después del parto: 6 semanas.

La prestación por riesgo durante el embarazo: 100% de la base reguladora.

La pensión de orfandad se extingue: En general al cumplir 21 años.

Porcentaje de base reguladora que recibe el titular de una pensión de viudedad: 52%.

Trámites

Cuándo debe tramitarse el alta de un trabajador al Régimen General de la Seguridad Social: Previamente al inicio de la actividad laboral del trabajador.

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