Aspectos Clave del Derecho de Familia en Venezuela: Matrimonio, Divorcio y Más
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Características de la Filiación y el Parentesco
La filiación, que establece el vínculo jurídico entre padres e hijos, presenta las siguientes características:
- Limitación al principio de representación: No se aplica la representación en la filiación.
- Irrenunciabilidad: Los actos relacionados con la filiación son irrenunciables.
- Intransmisibilidad: Los derechos y deberes de la filiación son intransmisibles.
- Intervención de la autoridad competente: Se requiere la intervención de la autoridad para establecer la filiación.
- Correlatividad: Existe una correlación entre los deberes y derechos que crea la filiación.
Tipos de Parentesco por Afinidad
El parentesco por afinidad, que surge del matrimonio, se clasifica en:
- Vínculo simple: Une a dos o más personas que descienden de un mismo padre y de distinta madre.
- Vínculo doble: Une a dos o más personas que descienden de padre y madre en común.
Características de la Adopción
La adopción, que crea un vínculo de filiación legal, tiene las siguientes características:
- Bilateral: Requiere el consentimiento del adoptante y del adoptado (o su representante legal).
- Acto personalísimo: No puede realizarse a través de representantes.
- Acto puro y simple: No admite condiciones ni términos.
- Acto entre vivos: Nunca se produce por causa de muerte.
- Acto solemne: Requiere formalidades legales específicas.
- Normas de orden público: Se rige por normas de estricto cumplimiento.
Características de la Manutención
La obligación de manutención, que implica proveer alimentos y sustento, se caracteriza por ser:
- Inembargable.
- Retroactiva (en ciertos casos).
- Condicional: Depende de la necesidad del alimentista y la capacidad del alimentante.
- Prescriptible: El derecho a reclamarla se extingue con el tiempo.
- Intransferible.
- Recíproca: Puede existir entre diversos parientes.
- No compensable.
- De orden público.
El Matrimonio en Venezuela: Características y Requisitos
Características del Matrimonio
- Unitario: Se basa en la monogamia.
- Perpetuo y permanente: Se contrae con vocación de permanencia.
- Consensual: Requiere el libre consentimiento de los contrayentes.
- Intervención de funcionario competente: Debe celebrarse ante un funcionario autorizado.
Requisitos para Contraer Matrimonio
Se distinguen los requisitos de forma, que se refieren a las formalidades del acto.
Esponsales y su Publicación
- Esponsales: Es la promesa recíproca de matrimonio entre un hombre y una mujer.
- Manifestación esponsalicia: Declaración anticipada de los futuros cónyuges ante el funcionario competente.
- Acta esponsalicia: Documento que registra la declaración de los futuros contrayentes.
- Publicación de esponsales: Anuncio público del futuro matrimonio. No puede realizarse después de seis meses de la manifestación.
- Expediente esponsalicio: Conjunto de documentos que deben presentarse antes del matrimonio.
Matrimonio en Artículo de Muerte
Características
- Gratuidad del acto.
- Debe ser público.
- Debe ser personal: No se admite representación.
Registro del Acta Matrimonial
El acta matrimonial se registra en:
- Libro de matrimonio del funcionario que autorizó el acto.
- Libros de matrimonio de la primera autoridad civil de la parroquia de nacimiento de los cónyuges.
- Libro de matrimonio de la alcaldía del lugar de celebración.
- Existencia de notas marginales en las partidas de nacimiento de cada uno de los cónyuges.
Capitulaciones Matrimoniales
Características
- Bilateral: Acuerdo entre los futuros cónyuges.
- Intuito personae: Se celebra en consideración a las personas específicas de los contrayentes.
- Anterioridad al matrimonio: Se otorgan antes de la celebración del matrimonio.
- Solemnidad: Requieren formalidades legales específicas.
- Inmutabilidad: No pueden modificarse después del matrimonio.
Divorcio y Separación de Cuerpos
Características
- Normas de orden público: Las normas que los regulan son de estricto cumplimiento.
- Intervención judicial: Debe intervenir la autoridad judicial competente.
- Los cónyuges pueden transformar una separación de cuerpos en divorcio después de cinco años, alegando separación prolongada (Artículo 185-A del Código Civil).
Causales de Divorcio (Artículo 185 del Código Civil)
Son causales únicas de divorcio:
- Adulterio.
- Abandono voluntario.
- Excesos, sevicia e injurias graves.
- Conato para corromper o prostituir al otro cónyuge o a sus hijos.
- Condenación a presidio.
- Adicción al alcohol o a las drogas.
- Interdicción por causa de perturbaciones psiquiátricas graves.