Aspectos Clave de los Contratos de Comercio Internacional

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Funciones de la Cámara de Comercio Internacional (CCI)

  • Facilitar el comercio internacional entre las empresas.

Fuentes Normativas de los Contratos Internacionales

  • Las cláusulas y las estipulaciones del propio contrato.
  • El Convenio de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.
  • La legislación del país aplicable.

Elementos del Contrato de Compraventa Internacional

  • Personales: Comprador y vendedor.
  • Reales: Mercadería y precio.
  • Formal: El contrato de compraventa.

Obligaciones de las Partes en el Contrato de Compraventa

Obligaciones del Vendedor:

  • Entregar la mercancía.
  • Transmitir la propiedad.
  • Entregar los documentos relacionados con la mercancía.

Obligaciones del Comprador:

  • Pagar el precio.
  • Recibir las mercancías.

Cláusulas Generales de un Contrato CCI

  • Preámbulo: Identificación de las partes y sus poderes.
  • Condiciones del contrato: Objeto y vigencia.
  • Obligaciones del vendedor: (Entrega, etc.)
  • Obligaciones del comprador: (Pago, recepción, etc.)
  • Traspaso de propiedad.
  • Servicio postventa: Garantía.
  • Precio y modalidad de pago: Precio, divisa.
  • Arbitraje y tribunal competente.

La Ley Aplicable a los Contratos de Comercio Internacional (CCI)

Prima la autonomía de la voluntad, lo que implica que la ley aplicable es la libremente elegida por las partes.

Terminación y Resolución del Contrato

La resolución del contrato pone fin a su validez, liberando a las partes de todas las obligaciones contraídas, excepto de las indemnizaciones.

Formas de Terminación:

  • Cumplimiento del contrato: Las partes cumplen las condiciones pactadas. Se dice que el contrato se perfecciona, puesto que ambas partes quedan satisfechas.
  • Finalización del plazo: Se marca un plazo, finaliza el plazo, el contrato se extingue automáticamente.
  • Acuerdo entre las partes: Las partes se ponen de acuerdo para finalizar el contrato.
  • Novación: Una de las partes solicita un cambio sustancial en las condiciones; el contrato se sustituye por uno nuevo.
  • Rescisión: Por voluntad de una de las partes que se ve afectada negativamente por el incumplimiento de la otra parte.
  • Resolución: Por un supuesto previsto en el contrato o por incumplimiento de ambas partes.

Contrato Modelo de la Cámara de Comercio Internacional

Es un modelo de contrato justo, claro y equilibrado para ambas partes, vendedor y comprador, y presenta de manera simple el conjunto de derechos y obligaciones de ambas partes. Publicado en 1988, está diseñado para productos manufacturados destinados a la reventa.

Gastos en el Comercio Internacional

Gastos en Origen:

  • Recogida.
  • Transporte interior.
  • Manipulación en terminal.
  • Despacho de aduanas de exportación.

Transporte Internacional y Seguro:

Costes asociados al traslado de la mercancía entre países y su aseguramiento.

Gastos en Destino:

  • Manipulación en terminal.
  • Despacho de aduanas de importación.
  • Impuestos (aranceles, IVA, etc.).
  • Transporte interior en destino.

Incoterms

Son términos de uso voluntario que facilitan el comercio internacional. Regulan la distribución de costes, riesgos y documentos entre comprador y vendedor.

Son reglas que imponen obligaciones y, en sus versiones iniciales, no recogían el contenedor como forma de embalaje específica.

  • FOB (Free On Board): Generalmente asociado a mayores responsabilidades para el vendedor hasta la carga en buque.
  • CIF (Cost, Insurance and Freight): Generalmente asociado a mayores responsabilidades para el comprador una vez la mercancía está a bordo, aunque el vendedor paga flete y seguro.
  • FCA (Free Carrier): Flexible, aplicable en origen o destino, donde el vendedor entrega la mercancía al transportista designado por el comprador.

Arbitraje Internacional

Establecido en 1923 para fomentar el arbitraje como método principal para resolver controversias internacionales.

  • Las partes se someten voluntariamente al arbitraje; no es necesario ser socio de la CCI.
  • Sustituye a los tribunales de justicia nacionales.
  • Características: unificación, uniformidad y autonomía en el procedimiento.
  • Aplicación del laudo arbitral inmediata y confidencial.
  • En el acuerdo de arbitraje deberá aparecer: la cláusula de arbitraje, la jurisdicción por la que se regirá, la ley nacional aplicable, el número de árbitros y el idioma del arbitraje.

Reglamento CE 593/2008 (Roma I)

Del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales.

Estructura e Historia de la CCI

La CCI agrupa empresas de más de 130 países y se organiza en comités nacionales, establecidos en más de 120 países en el mundo.

Primeros Incoterms: 1936.

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