Asistencia Social y Dependencia en Andalucía: Subvenciones y Competencias
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Asistencia Social en Andalucía: Contenido y Programas
Programa de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva
Este programa de ayudas públicas tiene como objetivo atender a los colectivos andaluces más desfavorecidos. Sus características principales son:
- Se conceden subvenciones tanto a entidades públicas y privadas como a personas físicas.
- La resolución de las ayudas corresponde a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
- El marco regulador es la Orden de 28 de marzo de 2016.
Tipos de Subvenciones
- Subvenciones individuales para personas mayores: Destinadas a la financiación de prótesis y prótesis dentales.
- Subvenciones individuales para personas con discapacidad: Orientadas a facilitar la autonomía de las personas con discapacidad.
- Subvenciones para formación de jóvenes en situación de vulnerabilidad: Su finalidad es facilitar el acceso o la continuidad de la formación en jóvenes.
- Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de la discapacidad: Dirigidas a financiar el mantenimiento de las entidades dedicadas a esta tarea y a la realización de programas específicos.
La Asistencia Social para Extranjeros y Retornados en Andalucía
Debido al elevado número de inmigrantes, se han creado ayudas y subvenciones dirigidas al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes. Estas subvenciones deben ser notificadas y resueltas en un plazo no superior a tres meses, rigiéndose por los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Además de los inmigrantes, existen otros colectivos que pueden acceder a ayudas similares:
- Emigrantes andaluces retornados: El Estado vela por la salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orienta su política hacia su retorno.
- Ayudas para situaciones de extraordinaria necesidad de los retornados: Son beneficiarios de esta ayuda los trabajadores de origen retornados, dentro de los nueve meses siguientes a su regreso, siempre que acrediten haber residido en el exterior de forma continuada.
- Ayudas asistenciales extraordinarias para residentes en el exterior: Tienen como finalidad paliar la situación derivada de la carencia de recursos de los emigrantes españoles y de los familiares a su cargo, así como sufragar los gastos extraordinarios derivados de la emigración, siempre que se acredite insuficiencia de recursos.
Distribución de Competencias Estado-CCAA en Materia de Dependencia
La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, es la norma reguladora del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Esta ley prevé que el SAAD se estructure en tres niveles de protección:
- Primer Nivel: Corresponde al nivel de protección mínimo establecido por la Administración General del Estado.
- Segundo Nivel: Es el que se acuerda entre la Administración General del Estado y la Administración de cada Comunidad Autónoma a través de convenios específicos.
- Tercer Nivel: Puede ser establecido adicionalmente por cada Comunidad Autónoma para complementar los niveles anteriores.
Base Normativa
La Disposición Final Octava de la Ley 39/2006 establece su amparo competencial:
“Esta Ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, conforme a la Constitución”.
Financiación del Sistema de Dependencia
La financiación del sistema es compartida por tres actores principales:
- Estado: Financia el contenido común de las prestaciones y servicios garantizados para todo el territorio.
- Comunidades Autónomas (CCAA): Aportan la financiación acordada en el convenio con el Estado, debiendo ser su aportación, como mínimo, igual a la estatal.
- Beneficiarios de las prestaciones: Participan en la financiación de las mismas (copago), según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal.