Apertura de Crédito: Concepto, Función y Obligaciones
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Apertura de Crédito: Fundamentos y Funcionamiento
1. Concepto y Función Económica
- Concepto: Contrato por el que una entidad o establecimiento financiero de crédito (acreditante) concede crédito a un cliente (acreditado), poniendo a su disposición los fondos que éste necesite hasta el límite pactado. El acreditado habrá de reintegrar, como término máximo, al final del plazo fijado, con la facultad de disponer de fondos adicionales conforme va reintegrando, dentro del plazo previsto en el contrato, las sumas dispuestas.
- Función económica: Evolución del contrato de préstamo. El crédito rota, conforme se va reintegrando el saldo dispuesto.
- Contrato atípico, con numerosa doctrina y jurisprudencia. Requiere forma escrita (contrato de adhesión).
- El objeto del contrato es el crédito en sí. El acreditado dispone de fondos, pero no necesariamente recibe una cantidad de dinero.
- Modalidades de utilización: Apertura en cuenta corriente, mediante descuento de efectos, a favor de terceros.
2. Obligaciones de las Partes
A la hora de definir las obligaciones de las partes, cabe distinguir dos momentos: pura disponibilidad y disposición efectiva.
Obligaciones del Acreditante:
- Deber de información.
- No reclamar el crédito dispuesto hasta el término del plazo pactado.
- Disponibilidad de crédito a favor del acreditado, por la diferencia entre el límite pactado y el crédito dispuesto y no reintegrado.
Obligaciones del Acreditado:
- Deber precontractual de información patrimonial veraz.
- Pagar comisiones y gastos repercutibles.
- Pago del interés pactado.
- Restituir la suma dispuesta al término del contrato.
3. Extinción del Contrato
Las causas más habituales son:
- Vencimiento del plazo pactado. En la práctica son habituales las cláusulas de renovación automática, si ninguna de las partes denuncia el contrato en el plazo de preaviso fijado.
- Resolución unilateral. Habitual en los contratos de carácter indefinido, en los que se fija un plazo de preaviso. La entidad puede también resolver por incumplimiento o significativa variación patrimonial negativa del acreditado.
Obligaciones del Acreditado (Repetidas):
- Deber precontractual de información patrimonial veraz.
- Pagar comisiones y gastos repercutibles.
- Pago del interés pactado.
- Restituir la suma dispuesta al término del contrato.
Extinción del Contrato (Repetida):
- Vencimiento del plazo pactado. En la práctica son habituales las cláusulas de renovación automática, si ninguna de las partes denuncia el contrato en el plazo de preaviso fijado.
- Resolución unilateral. Habitual en los contratos de carácter indefinido, en los que se fija un plazo de preaviso. La entidad puede también resolver por incumplimiento o significativa variación patrimonial negativa del acreditado.