Análisis de la Constitución Española y las Instituciones de la Unión Europea
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Características de la Constitución Española
Desde el punto de vista histórico, se ha considerado que la vigente constitución está muy integrada en el proceso constitucional tradicional español, sin gran relieve dentro de él. Con matiz claramente liberal, producto del iusnaturalismo de la Ilustración e inspirada en una ideología socialdemócrata, que aspira a escapar de un autoritarismo militar, sin desembocar en una solución socialista. Con carácter pactado entre ejército y partidos políticos, a la manera de la de 1876, con objetivos que la aproximan a la de 1876, con la que también coincide en la fórmula religiosa, y con concesiones a la autonomía de algunas entidades territoriales destacadas por procesos históricos continuados o por procesos de industrialización, y ello en la línea de la constitución de 1931.
Esencialmente se ha calificado al texto como poco original, al tomar como referencia a otras constituciones; excesivamente larga, imprecisa, por aparecer elementos de ideologías diferentes, como la liberal conservadora, la demócrata cristiana y la social demócrata, fruto del consenso, que intenta que esa ambigüedad sirva para que puedan gobernar con la misma diferentes fuerzas políticas; rígida, al ser muy difícil su reforma; de origen popular al haber sido elaborada y aprobada por un parlamento democrático y ratificada por referéndum popular.
Instituciones de la Unión Europea
- La Comisión: Propone la legislación europea que posteriormente adopta el Consejo y comprueba que se aplica correctamente.
- El Consejo Europeo: Decide la dirección y prioridades políticas generales de la UE.
- Parlamento Europeo: Control de la Comisión, consultivo por parte de otras instituciones de la UE y presupuestarias.
- Tribunal de Justicia: Asegura el respeto del derecho en la interpretación y aplicación de los tratados.
- El Consejo de la Unión Europea: Papel de decisión y de coordinación. Ejerce el poder legislativo a través de reglamentos, directivas, decisiones, acciones o posiciones comunes, recomendaciones o dictámenes.
- Tribunal de Cuentas: Misión de supervisar la financiación de las actividades de la UE.
- Banco Central Europeo: Responsable de la política monetaria europea.
- Defensor del Pueblo Europeo: Para investigar las reclamaciones por mala administración por parte de las instituciones y organismos de la UE.
- Supervisor Europeo de Protección de Datos: Supervisa la protección de datos en las instituciones y organismos europeos y asesora sobre la legislación en este ámbito.
- Comité Económico y Social: Foro de debate para opinar sobre cuestiones relacionadas con la UE. Emite documentos orientativos y dictámenes.
- Fondo Europeo de Inversiones: Finalidad de ayudar a las PYME, a las que proporciona capital-riesgo y en particular a las de nueva creación o de orientación tecnológica.
Código Civil Balear
El derecho civil de las Baleares regirá con preferencia al código civil y demás leyes estatales. Las normas de derecho civil de Baleares serán de aplicación a quienes residan en él. El régimen económico conyugal será el convenido en capitulaciones matrimoniales, nombradas espolits, que podrán otorgarse antes o después del matrimonio. En defecto de espolits el matrimonio quedará sujeto al régimen de separación de bienes que reconoce a cada cónyuge sus bienes propios; en falta de pacto se hará en proporción a sus recursos económicos.
Legítima
Son legitimarios: los hijos y descendientes por naturaleza, matrimoniales o no matrimoniales y los adoptivos, los padres por naturaleza y adopción. La legítima de los descendientes está constituida por la tercera parte del haber hereditario si fueren 4 o menos y por la mitad si son más de 4. Las 2 terceras partes o la mitad correspondiente serán de libre disposición.