Análisis de la Constitución de Cádiz de 1812

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Constitución de Cádiz (19 de marzo de 1812)

Contexto Histórico

Este análisis aborda la Constitución de 1812, un texto legislativo de difusión pública promulgado durante la Guerra de la Independencia contra la invasión francesa. Este período marca el inicio de la Revolución liberal burguesa en España. La Constitución, conocida como "la Pepa", fue redactada por 184 diputados convocados en Cádiz por el Consejo de Regencia, quienes asumieron el poder tras la disolución de la Junta Suprema Central en 1810. Estos diputados formaron una Asamblea Constituyente, rompiendo con la tradición de las Cortes estamentales.

Contenido y Principios Fundamentales

El texto expone los principios fundamentales de la Constitución, incluyendo la soberanía nacional, la división de poderes y la religión nacional. Un párrafo inicial establece la autoría de las Cortes y la publicación a cargo de la Regencia del Reino, dado el cautiverio de Fernando VII.

Los nueve artículos seleccionados comienzan definiendo la nación española como "todos los españoles de ambos hemisferios", rechazando el regionalismo, el foralismo y los movimientos emancipadores americanos. Se establece la igualdad entre la península y las colonias americanas. Se instaura una monarquía moderada con Fernando VII como monarca, cuya sucesión se define por línea masculina (art. 14).

El artículo 3 establece la soberanía nacional, basándose en el principio ilustrado de Rousseau. El artículo 8 establece la obligación de pagar impuestos, extendiéndola a todos los ciudadanos. El artículo 12 declara la religión católica, apostólica romana como única y perpetua en la nación.

La división de poderes, inspirada en Locke y Montesquieu, se define en los artículos 15, 16 y 17. El poder legislativo se comparte entre las Cortes y el Rey, el ejecutivo recae en el Rey y el judicial en los tribunales. El artículo 371, tras una extensa omisión de artículos intermedios, establece la libertad de imprenta bajo las normas legales.

Antecedentes y Desarrollo de las Cortes

Tras la invasión francesa y la coronación de José I, el pueblo español, no reconociendo la legitimidad del nuevo gobierno, se autoconcedió el poder soberano creando Juntas. Para coordinar la acción política y militar contra la ocupación, se creó la Junta Suprema Central, que convocó las Cortes para redactar una Constitución que contrarrestara el Estatuto de Bayona impuesto por José I.

Las Cortes de 1810 rompieron con la tradición al eliminar la división por estamentos, favoreciendo a los liberales, quienes eran mayoría en la población burguesa de Cádiz. La ausencia de representación campesina y femenina llevó a una mayoría liberal en las Cortes que no reflejaba la ideología conservadora de la mayoría de la población, la cual aclamaría a Fernando VII al restaurar el absolutismo.

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