Análisis de la Constitución de 1812: Origen, Contexto e Impacto

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 4,34 KB

Constitución de 1812: Un Análisis Detallado

Se trata de un texto histórico, de carácter legal, ya que se advierte un articulado constitucional en cuanto a la formulación de sus contenidos. Su autor es colectivo, es decir, el conjunto de los diputados que integraron las Cortes de Cádiz en el periodo 1810-1813. El texto se aprobó en Cádiz, sede de las Cortes españolas y de la Junta Suprema Central durante la Guerra de la Independencia. Esta Constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812. Por tratarse de la norma fundamental de un Estado, se entiende que debe ir dirigida a todos los ciudadanos, es decir, a la nación en la terminología del liberalismo del siglo XIX. No obstante, debe añadirse que, implícitamente, buena parte de los diputados de Cádiz tenían la intención de dirigirse al futuro rey, Fernando VII, en la redacción de una parte significativa del articulado.

Idea Principal

Se establece un nuevo modelo de organización del Estado, rompiendo definitivamente con el Antiguo Régimen para definir una nueva estructura jurídico-política que vendría a recoger los principios esenciales del liberalismo de principios del siglo XIX.

Ideas Secundarias

  1. La afirmación de la soberanía nacional: el poder lo asume la nación.
  2. El establecimiento del principio de la división de poderes, los cuales deben residir en personas e instituciones diferentes para equilibrarlos.
  3. Una referencia expresa al carácter confesional del Estado.
  4. En el artículo 2, se hace una referencia implícita tanto a los ocupantes franceses como a la concepción patrimonialista que los monarcas absolutos tenían del Estado.

Contexto Histórico

Las sesiones de estas Cortes de Cádiz se celebran en plena Guerra de la Independencia, en la que, tras alguna victoria inicial del ejército español, la directa intervención de Napoleón y la llegada de refuerzos franceses cambiaron el signo de la guerra en sentido favorable para las fuerzas ocupantes, que conquistaron Andalucía en una rápida campaña en los primeros meses de 1810 hasta empujar a las autoridades españolas hasta Cádiz, ciudad defendida desde el mar por la flota inglesa. Allí, la Junta Suprema Central, constituida en septiembre de 1808, delegó sus poderes en un Consejo de Regencia en el que fue creciendo la idea de reformar el Antiguo Régimen, para lo que parecía imprescindible la convocatoria de Cortes. En junio de 1810 se realizaron las elecciones y la sesión de apertura se celebró en septiembre de ese año, para la que solo se consiguió reunir a 104 diputados, puesto que muchos de los elegidos tuvieron grandes dificultades para llegar desde sus circunscripciones a Cádiz, optándose en bastantes casos por sustituirles con suplentes elegidos de entre los naturales de la región de origen presentes en la ciudad gaditana. De ahí que, aun existiendo una importante minoría de eclesiásticos y de aristócratas, la mayoría de los diputados procedían de las clases medias urbanas, lo que determinó la orientación liberal de las decisiones allí tomadas. Enseguida, los diputados elegidos se agruparon en dos grandes tendencias: liberales y absolutistas.

Comentario

  • El texto está formado por 10 títulos y 384 artículos, y tiene una posibilidad de revisión a los 8 años.
  • Las influencias ideológicas fueron las ideas ilustradas, la tradición histórica española y el liberalismo burgués de principios del siglo XIX.
  • La importancia del artículo 2 en plena guerra y con los reyes ausentes del territorio nacional.
  • La forma del Estado era la soberanía nacional, la monarquía constitucional y la confesionalidad católica del Estado.
  • El poder se dividió en poder legislativo, poder ejecutivo, poder judicial y poder local.
  • Se creó la Milicia Nacional y se prometió extender la educación elemental y fijar contribuciones proporcionales a la riqueza.
  • Desmantelamiento de las bases socio-económicas del Antiguo Régimen.

Conclusión

La Constitución estuvo en vigor durante tres periodos diferentes: el inicial de marzo de 1812 a marzo de 1814, durante el Trienio Liberal y en el periodo del gobierno de Mendizábal. Este texto fue la referencia básica del liberalismo español del siglo XIX, puesto que recoge las ideas que configuraron su pensamiento.

Entradas relacionadas: