Análisis de casos de derecho romano sobre propiedad y posesión
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Ejercicio 14 (pág. 63)
Demandante: Mevio Licinio
Demandado: Cassio
Acción
El demandante hace uso de la acción reivindicatoria, acción que tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor. Y previamente solicita una acción exhibitoria donde se muestra al pretor la cosa en litigio.
El demandado responderá con excepción de justo dominio, alegato de hecho o de derecho que permite al verdadero propietario civil rechazar o desvirtuar la acción del demandante.
Instituciones
- Propiedad: Título jurídico pleno que otorga a su titular el uso, disfrute y disposición de la cosa.
- Posesión: Situación de mera disponibilidad o tenencia material, en este caso por corpus.
- Especificación: Forma originaria de adquirir la propiedad. Hacer una cosa nueva o distinta con materia perteneciente a otro.
- Compra-venta: Contrato bilateral perfecto y conmutativo de buena fe en virtud del cual una persona paga un precio a cambio de un objeto. No se llega a producir.
Solución razonada
El juez dictará que aunque las tablas fueran de Mevio Licinio, se han utilizado para crear algo de más valor y que ya no pueden adquirir su forma originaria aunque se separen del resto de elementos que se usaron para hacer el barco. Por lo tanto, el barco es propiedad de Cassio y Mevio tiene derecho a indemnización por las tablas.
Práctica 15 (pág. 64)
Demandante: Quinto Servilio
Demandado: Publio Rutilio
Acción
El demandante hace uso de la acción reivindicatoria, acción que tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor. Previa acción exhibitoria (se lleva muestra) para mostrar al pretor la cosa en litigio.
El demandado responderá con excepción doli, para reclamar los materiales si lo hizo de buena fe.
Instituciones
- Propiedad: Título jurídico pleno que otorga a su titular el uso, disfrute y disposición de la cosa.
- Posesión: Situación de mera disponibilidad o tenencia material.
- Accesión de mueble a inmueble: Se produce cuando el propietario de una cosa principal adquiere lo que se le une o incorpora natural o artificialmente. La accesión puede ser definitiva o provisional según las cosas sean o no separables.
Solución razonada
El juez indicará que debido a que queda probado que el propietario del terreno es la parte demandante, lo edificado en el mismo terreno pertenecerá también a la parte demandante, siendo el demandado indemnizado por los materiales ya que actúa de buena fe.
Práctica 16 (pág. 65)
Demandantes: Ticio y Mevio
Demandado: Mario
Acción
Los demandantes hacen uso de la acción reivindicatio, acción que tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor actual.
El demandado responderá con excepción de justo dominio, alegato de hecho o de derecho que permite al verdadero propietario civil rechazar o desvirtuar la acción del demandante.
Instituciones
- Propiedad: Título jurídico pleno que otorga a su titular el uso, disfrute y disposición de la cosa.
- Posesión: Situación de mera disponibilidad o tenencia material, en este caso por corpus.
- Accesión de inmueble a inmueble: Se produce cuando el propietario de una cosa principal adquiere lo que se le une o incorpora natural o artificialmente. La accesión puede ser definitiva o provisional según las cosas sean o no separables. Formación de isla en fundos ribereños no limitados.
Solución razonada
El juez indicará que la isla se encuentra entre los fundos ribereños de los tres y que, por lo tanto, la isla que se ha creado en medio del río pertenece a los tres que tienen fundos ribereños. Si los fundos ribereños no estaban limitados entre ellos, se traza una línea divisoria del río y acceden a las tierras colindantes según su cercanía.
Práctica 17 (pág. 66)
Demandante: Livio Messala
Demandado: Sempronio Silio
Acción
El demandante hace uso de la acción reivindicatio, acción que tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor. Y previamente solicita una acción exhibitoria donde se muestra al pretor la cosa en litigio.
El demandado responderá con excepción de justo dominio, alegato de hecho o de derecho que permite al verdadero propietario civil rechazar o desvirtuar la acción del demandante.
Instituciones
- Propiedad: Título jurídico pleno que otorga a su titular el uso, disfrute y disposición de la cosa.
- Posesión: Situación de mera disponibilidad o tenencia material, en este caso por corpus.
Solución razonada
El juez indicará que las ovejas deben volver a su dueño, Livio Messala, que nunca abandonó el animus, que fue objeto de hurto por parte de Tulio. Pero, quedando establecida la buena fe de Sempronio, no debe indemnizar por ningún concepto a Livio por los beneficios obtenidos por los vestidos de lana.