Alcance y Aplicación del Principio de Legalidad en los Poderes del Estado
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En su aplicación concreta, el principio de legalidad opera de manera diferente con el legislador que respecto al resto de los poderes del Estado. En efecto, el legislador es el representante del titular de la soberanía y es quien, en su nombre, elabora y aprueba la ley. Ciertamente, el poder legislativo debe respetar las leyes que él mismo ha aprobado, pero dadas sus competencias y a diferencia de los restantes poderes del Estado, son escasas las ocasiones en las que el Parlamento en cuanto tal está sometido directamente a los mandatos de una ley. Las normas que regulan su actuación se encuentran en la propia Constitución o, en su caso y en desarrollo de esta, en sus propios reglamentos. Y, en cualquier caso, la posición del legislador frente a la ley no es de simple acatamiento, puesto que su desacuerdo respecto a una ley puede llevarle a modificar o derogar la misma. En suma, el legislador debe acatar sus propias leyes en tanto que estas se encuentren en vigor; pero puede modificarlas con el único límite de su sometimiento a la Constitución.
Por ello, sin perjuicio de que pueda hablarse en términos genéricos de la vigencia del principio de legalidad en relación con el propio legislador; este se encuentra más bien sometido al principio de constitucionalidad, esto es, a la primacía de la Constitución sobre el ordenamiento jurídico y sobre los poderes públicos.
El Principio de Legalidad y el Poder Ejecutivo
En cuanto al poder ejecutivo, el principio de legalidad tiene una virtualidad máxima y constituye uno de los pilares de un Estado de Derecho. Supone que el Gobierno y la Administración han de respetar en todo caso lo dispuesto por el legislador y que su sometimiento a la Constitución se encuentra mediatizado por la interpretación que de esta haya efectuado el legislador. En su manifestación más concreta, el principio de legalidad hace referencia a la actuación administrativa, que debe ajustarse en todo a lo dispuesto en la ley parlamentaria, tanto en la forma y procedimientos de actuación como en los objetivos de dicha actuación. Este sometimiento al principio de legalidad se manifiesta también de forma muy importante en relación con la potestad normativa propia del poder ejecutivo, la potestad reglamentaria, asimismo, directa y estrechamente vinculada por el principio de legalidad.
El Principio de Legalidad y el Poder Judicial
En lo que respecta al poder judicial, también se encuentra estrictamente vinculado por la ley. Los jueces y tribunales que integran el poder judicial tienen como función constitucional la de juzgar lo juzgado. Pues bien, se encuentran sometidos a la ley tanto en el procedimiento judicial como en las normas a aplicar. De esta manera, y en forma análoga a lo que sucede con el poder ejecutivo, la sujeción a la Constitución que establece esta en su art. 9.1 se hace efectiva para jueces y tribunales en una gran medida a través de la ley elaborada por el legislador.
Ahora bien, también están obligados a aplicar directa y únicamente la Constitución en los casos en los que no haya habido una previa intervención del legislador, así como a interpretar toda norma que deban aplicar en forma acorde con la Constitución. Además, si el órgano judicial considera que una ley que ha de aplicar es contraria a la Constitución, debe plantear, antes de dictar sentencia, la llamada cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, para que este decida si tal ley es o no contraria a la Constitución. No puede, en cambio, bajo ningún concepto, dejar de aplicar sin más una ley por