Administración Laboral: Órganos y Competencias en España

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 3 KB

El control de la aplicación de las normas laborales se reparte entre órganos administrativos y órganos judiciales.

Órganos Administrativos

Las diferentes administraciones tienen organismos que se ocupan del control de la aplicación de las normas laborales. En el gobierno central, las competencias recaen en el Ministerio de Trabajo, que está representado en las distintas provincias por las direcciones provinciales de trabajo. En las comunidades autónomas existen consejerías que se encargan del control del cumplimiento de la legislación laboral a nivel autonómico, representadas por delegaciones provinciales en cada provincia.

El órgano administrativo más importante en la fiscalización del cumplimiento de la legislación laboral es la Inspección de Trabajo, que tiene las siguientes competencias:

  • Asesorar a trabajadores y empresarios sobre sus derechos y obligaciones.
  • Mediar en los conflictos colectivos de trabajo.
  • Iniciar de oficio procedimientos ante la jurisdicción social.
  • Emitir informes en procedimientos ante la jurisdicción social (expedientes de regulación de empleo, accidentes de trabajo, etc.).
  • Investigar infracciones en materia laboral y de seguridad social, seguridad e higiene, de prestaciones por desempleo, trabajo de extranjeros.
  • Tomar medidas en materias de seguridad e higiene.

Los inspectores de trabajo pueden visitar cualquier empresa, cualquier dependencia de la misma, preguntar a trabajadores y empresarios, y pedir cualquier documentación referida al trabajo que consideren oportuna.

Órganos Judiciales

Los jueces, magistrados y tribunales que se ocupan del conocimiento y resolución de los conflictos laborales forman la denominada Jurisdicción Social. La estructura y competencias de los distintos órganos que forman la jurisdicción social son los siguientes:

  1. Juzgados de lo Social: Su ámbito es la provincia y se ocupan de la resolución de los conflictos individuales laborales y de los conflictos colectivos laborales cuyo ámbito no exceda de la provincia.
  2. Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas: Se ocupan de los conflictos colectivos laborales cuyo ámbito exceda de la provincia, pero no de la comunidad autónoma, y de los recursos contra las sentencias de los juzgados de lo Social.
  3. Sala de lo Social de la Audiencia Nacional: Tiene su sede en Madrid y se encarga de los conflictos colectivos laborales cuyo ámbito exceda de la comunidad autónoma.
  4. Sala de lo Social del Tribunal Supremo: El Tribunal Supremo es el máximo órgano judicial español, tiene su sede en Madrid y se ocupa de resolver los recursos de casación contra las sentencias de las Salas de lo Social de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, y de los recursos de casación para la unificación de doctrina.

Entradas relacionadas: