Acuerdos, Funciones y Estrategias en la Distribución y Exhibición Cinematográfica
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Acuerdos de Distribución Cinematográfica
1. Acuerdo de Mínimo Garantizado
Este acuerdo representa el compromiso del distribuidor de pagar una cantidad mínima al productor en un plazo acordado, independientemente de los ingresos generados por la película. Se presentan dos posibles escenarios:
- Si la película alcanza los beneficios o ingresos suficientes en la fecha acordada, el distribuidor puede recuperar su inversión.
- Si no se alcanzan los ingresos suficientes, el distribuidor asume la diferencia y espera a futuros ingresos para recuperar su inversión.
Este sistema difiere del anticipo de distribución, ya que implica un mayor riesgo para el distribuidor, pero también un mayor compromiso con la película, similar al de un socio financiero. Aunque la cantidad garantizada, que suele oscilar entre el 3% y el 6% del presupuesto, puede no recuperarse, el distribuidor puede exigir un mayor porcentaje de los ingresos de taquilla y adquirir los derechos de explotación global o para todas las ventanas.
2. Acuerdo Bruto de Distribución
En este tipo de contrato, el productor y el distribuidor se reparten porcentualmente los ingresos brutos de distribución, generalmente un 70% para el productor y un 30% para el distribuidor. Este reparto se realiza antes de que el distribuidor recupere sus costes. Con su parte, el distribuidor cubre los gastos de copias y publicidad y deduce sus honorarios, aunque en algunos casos se prevé que el productor contribuya a los gastos del distribuidor.
Este acuerdo es ventajoso para el productor, ya que recibe su dinero rápidamente, pero desventajoso para el distribuidor, que no tiene asegurados sus ingresos mínimos.
Funciones del Distribuidor Cinematográfico
- Determinar el tipo de películas a contratar y la técnica de explotación para su lanzamiento: lenta, media o masiva (también llamada combinación de salas).
- Distribuir películas extranjeras y títulos comunitarios, que hasta 1999 eran obligatorios para obtener licencias de doblaje.
- Adquirir al productor los derechos de copias y de comunicación pública para un tiempo y territorio concretos.
- Negociar con el productor las condiciones del contrato y el reparto económico de los beneficios derivados de la explotación de la película.
- Anticipar los gastos de publicidad y copias.
- Editar los materiales publicitarios.
- Contratar con el exhibidor las condiciones más ventajosas para la explotación de la película.
- Garantizar una cobertura de base para el lanzamiento de la película.
- Distribuir físicamente las copias, encargándose de los gastos de transporte, almacenamiento, etc. Al término del contrato, devuelve la película al productor o la destruye.
- Solicitar al ICAA (Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales) el certificado de calificación, que es una recomendación sobre las edades del público al que va dirigida la película. Las categorías son: especial infancia, para todos los públicos, no recomendada para menores de 7 años, no recomendada para menores de 13 años y no recomendada para menores de 18 años. Este certificado también indica el tipo de sala al que va dirigida la película y si se proyectará en versión original o doblada. El certificado de calificación para películas extranjeras tiene una vigencia de 5 años, mientras que las películas españolas no caducan.
Técnicas de Lanzamiento de una Película
El distribuidor debe considerar varios criterios para seleccionar la técnica de lanzamiento más adecuada:
- Las expectativas comerciales de la película, que pueden servir de orientación, aunque no siempre se cumplen.
- En el caso de películas extranjeras, si la película viene avalada por la crítica o los premios de festivales, y por tanto, precedida del éxito en otros países.
- Además, el distribuidor debe tener olfato comercial para determinar qué tipo de producto requiere cada técnica de lanzamiento.
Tipos de Explotación
Explotación lenta: Se utiliza para dar a conocer películas con bajas expectativas comerciales. Se colocan en cines de poco aforo y en pocas salas, con pocas copias en el mercado. Según la respuesta del público, se amplía el radio de actuación y el número de salas.
Explotación media o moderada: Es la técnica más común. El distribuidor ofrece la película a diferentes exhibidores, colocándola en puntos estratégicos y con una buena cobertura informativa. Se exhibe de forma escalonada, con un número suficiente de copias para el territorio a cubrir, pero sin saturar el mercado.
Explotación masiva o en combinación de salas: Es la técnica más utilizada por las multinacionales con los títulos de temporada. Se lanzan muchas copias para ocupar las principales salas de exhibición y cubrir todo el territorio nacional. Se proyectan en salas de gran aforo, con un gran despliegue publicitario.
Contrato de Distribución Cinematográfica
Es un acuerdo entre el distribuidor y el productor que debe incluir cláusulas como:
- Identificación de las partes firmantes (domicilio, CIF, identificación fiscal).
- Declaración del productor de que posee los derechos exclusivos de la película.
- Definición de la película objeto del contrato (año, dirección, producción, interpretación, etc.).
- Período de vigencia del contrato (normalmente 2 o 3 años).
- Plazo de protección para vídeo y televisión.
- Delimitación del territorio.
- Acuerdo económico de reparto.
- Régimen económico de la publicidad de la película.
- Período de liquidaciones periódicas.
- Tribunales a los que se someterán las partes en caso de divergencias o litigios.
Exhibición Cinematográfica
La exhibición es el último eslabón en la cadena de explotación de una película. Según la ley, el exhibidor es el empresario titular de una o varias salas de exhibición cinematográfica.
Obligaciones del Exhibidor con el ICAA
Control de taquilla: Medida legal que obliga a los exhibidores a declarar sus ingresos y a cumplimentar un parte de exhibición semanal. Este parte debe incluir los datos del cine, la semana de exhibición, el título, la nacionalidad de la película, la versión de la película base, la empresa distribuidora, el acuerdo económico con ella y tres datos clave para el control de la taquilla: número de entradas vendidas, número de espectadores y recaudación. Esta información se envía a la amortización y se utiliza para el reparto de los ingresos de taquilla entre los propietarios.
Cumplir la cuota de pantalla: Obligación de programar en sus salas un mínimo de películas comunitarias en relación con el número de películas de terceros países en versión doblada. Actualmente, la relación es de 1 a 3 (una película comunitaria por cada tres de otros países). Existe otra relación de 1 a 4 para películas de terceros países exhibidas el mismo día en sesiones ordinarias o con recaudación menor a 90.000€.
Tipos de Salas de Exhibición
Según la normativa vigente, la sala de exhibición es un local con una o varias pantallas de proyección, abierto al público mediante el pago de una entrada, fijada como contraprestación por el derecho a asistir a la proyección de películas determinadas. La mayoría de las salas pertenecen a cadenas, lo que beneficia al distribuidor al darle mayores posibilidades comerciales a las películas y alargar su vida comercial al rotarlas de una sala a otra dentro de la misma cadena.