Acuerdos Comerciales de Chile y Regulaciones Aduaneras: Implicaciones y Beneficios

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Acuerdos Comerciales Internacionales de Chile

Chile ha suscrito diversos acuerdos comerciales con países y bloques económicos alrededor del mundo. A continuación, se presenta un resumen de los acuerdos, incluyendo el año de suscripción y entrada en vigencia:

  • Malasia: Suscrito en 2010, en vigencia desde 2012.
  • Turquía: Suscrito en 2009, en vigencia desde 2011.
  • Australia: Suscrito en 2008, en vigencia desde 2009.
  • Japón: Suscrito y en vigencia desde 2007.
  • Colombia: Suscrito en 2008, en vigencia desde 2009.
  • Perú: Suscrito en 2006, en vigencia desde 2009.
  • Panamá: Suscrito en 2006, en vigencia desde 2008.
  • China: Suscrito en 2007 y 2010, en vigencia.
  • EFTA (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza): Suscrito en 2000, en vigencia desde 2004.
  • Estados Unidos (USA): Suscrito en 2003, en vigencia desde 2004.
  • Corea del Sur: Suscrito en 2002, en vigencia desde 2004.
  • Centroamérica (Nicaragua, Costa Rica, El Salvador, Guatemala y Honduras): Acuerdo suscrito.
  • México: Suscrito en 1998, en vigencia desde 1999.
  • Canadá: Suscrito en 1996, en vigencia desde 1997.
  • Unión Europea: Suscrito en 2002.
  • Ecuador: Suscrito en 2008, en vigencia desde 2010.
  • India: Negociaciones en curso.

Regulaciones Aduaneras y Exenciones de Impuestos en Chile

Existen diversas situaciones en las que se aplican exenciones o condiciones especiales en el pago de impuestos aduaneros en Chile. A continuación, se detallan algunas de ellas:

1. Medicamentos

Los medicamentos transportados por viajeros en cantidades moderadas y con receta médica, cuyo valor no exceda los US$100 FOB, están exentos del pago de impuestos.

2. Donaciones y Socorros

Las donaciones y socorros destinados a universidades, corporaciones y otras entidades sin fines de lucro están exentos de impuestos.

3. Beneficiarios de Exenciones

  • Universidades públicas o privadas.
  • Municipalidades.
  • Gobiernos.
  • Deportistas que traigan premios obtenidos en el extranjero.

4. Proceso de Solicitud

Para acogerse a estas exenciones, se debe presentar una solicitud al Director de Aduanas, incluyendo todos los datos del importador o beneficiario.

5. Documentos Requeridos

Los documentos necesarios para tramitar estas exenciones incluyen:

  • Factura original.
  • Certificado de donación.
  • Certificado de municipalidad.
  • Certificado de vigencia.

6. Trámite Aduanero

La mercancía debe ser tramitada por la aduana de ingreso al país.

7. Mercancía sin Carácter Comercial

La mercancía que ingresa al país sin carácter comercial debe estar inutilizada para su venta.

8. Catálogos de Exposiciones

Los catálogos entregados en exposiciones no pagan impuestos y no deben superar los US$500 FOB. Se consideran donaciones.

9. Obsequios

Los obsequios sin carácter comercial, enviados entre personas naturales, no deben superar los US$50 FOB.

10. Ingreso de Vehículos por Chilenos Retornados

Los chilenos mayores de edad que regresan al país después de una estadía prolongada en el extranjero pueden ingresar un vehículo (nuevo o usado), casa rodante, camioneta o jeep.

Impuestos Adicionales en Chile

Se aplican impuestos adicionales a ciertos productos:

  • 15%: Pieles, alfombras, oro, plata, joyas, armas de aire.
  • 50%: Fuegos artificiales.
  • 13%: Bebidas gaseosas.
  • 15%: Cervezas, champaña.
  • 27%: Piscos, whisky.

Cálculo de Impuestos y Ejemplos

Se presentan fórmulas y ejemplos para el cálculo de impuestos, incluyendo:

Ejemplo 1 (Cálculo con precio de venta):

1 * 50 * 10 = 500 * 2500 (Precio de Venta) = [Resultado] * 30% = [Resultado] / 580 (Valor Dólar)

Ejemplo 2 (Cálculo con unidades):

500 * 20 (Unidad) = [Resultado] * 0.0010304240 = [Resultado] * UTM = [Resultado] / 580 (Dólar)

Ejemplo de Cálculo CIF

Se detalla un ejemplo de cálculo del valor CIF (Costo, Seguro y Flete), considerando:

  • CYF: 18750
  • Flete: 3450
  • FOB: 15300 (CYF - Flete)
  • Seguro: 306
  • CIF: 19056

Cálculo para alcohol y otros:

  • EXW: ________
  • Gastos (4.79% o 5%): _____
  • FOB: _____
  • Flete: _____
  • Seguro: _____
  • CIF: _____
  • 6% (sobre CIF): _____
  • 15% (sobre CIF + 6%): _____
  • IVA: (CIF + 6%) * 19%

Otro Ejemplo de Cálculo

Se presenta otro ejemplo simplificado:

  • FOB: _____
  • Flete: _____
  • Seguro: (CIF - Flete) / 1.02 * 2%
  • CIF: 15000

Nota: A los valores EXW y FAS se les deben descontar los gastos adicionales. Se aplica un 4.79% para transporte aéreo y marítimo, y un 5% para transporte terrestre.

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