Actos Procesales: Clasificación, Forma y Plazos Legales en el Derecho Procesal

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Clasificación de los Actos Procesales

Los actos procesales pueden distinguirse según los sujetos que los realizan y la función que cumplen dentro del proceso judicial.

  • Por los sujetos: Se clasifican en actos de las partes y actos del juez y sus auxiliares.
  • Por la función: Incluyen actos relativos a la constitución, modificación, desarrollo y extinción del proceso. Es importante destacar que tanto las partes como el juez pueden realizar conductas procesales que cumplan la misma función o persigan el mismo objeto.

Forma, Lugar y Tiempo de los Actos Procesales

Requisitos de Forma de los Actos Procesales

Los requisitos de forma se refieren a las exigencias que deben cumplir las conductas de los sujetos procesales en cuanto a su modo de expresión.

  • Uso del Idioma Legal (Castellano):

    Según el artículo 183 del Código Procesal Civil (C.P.C.), en la realización de los actos procesales solo podrá usarse el idioma castellano. Esta disposición se complementa con el artículo 13 del Código Civil (C.C.), que establece que el idioma legal es el castellano.

    No obstante, el artículo 184 del C.P.C. prevé una excepción: si en cualquier acto del proceso debe interrogarse a una persona que no conozca el idioma castellano, el juez nombrará un intérprete jurado para traducir con fidelidad las preguntas y respuestas. Asimismo, cuando se presenta un poder otorgado en el exterior en idioma extranjero, la ley exige su traducción al castellano por un intérprete jurado.

  • La Escritura:

    El artículo 187 establece que “Las partes harán sus solicitudes mediante diligencia escrita que extenderán en el expediente de la causa en cualquier hora de las fijadas en la tablilla del tribunal y firmarán ante el secretario o bien por escrito que presentarán en las mismas horas al secretario, firmado por la parte o sus apoderados”.

    Los actos del tribunal también deben constar por escrito. La realización de estos diversos actos da origen al expediente de la causa.

  • La Publicidad:

    Los actos procesales deben realizarse de forma pública. Sin la garantía de la publicidad, las partes no podrían ejercer plenamente su derecho, ni se aseguraría la igualdad procesal, ni se garantizaría la defensa en su sentido más amplio.

    Terceros o cualquier persona pueden imponerse de los autos que existan en los tribunales y tomar de ellos las notas o copias simples que deseen, a menos que se hayan mandado reservar por algún motivo legal.

Tiempo de los Actos Procesales

La legislación procesal distingue entre el tiempo útil y el tiempo hábil para la realización de los actos procesales.

  • Tiempo Útil: Comprende las horas del día que van desde la salida hasta la puesta del sol, siempre que no sea un día feriado (artículo 193 C.P.C.). La excepción permite habilitar días feriados o la noche por causas urgentes.
  • Tiempo Hábil: Son las horas del tiempo útil destinadas por el tribunal para oír y despachar (artículo 192 C.P.C.). La excepción al tiempo hábil ocurre cuando se habilita con un día de anticipación.

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