Acciones y Negocios Jurídicos en el Derecho Romano: Reivindicatio, Actio Negatoria y Más
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Conceptos Clave en la Protección de la Propiedad en el Derecho Romano
Acciones para la Defensa de la Propiedad
Reivindicatio: Acción real y civil que corresponde al propietario civil no poseedor contra el poseedor no propietario. Su objetivo es obtener la declaración del derecho de propiedad del demandante y, como consecuencia, la restitución de la cosa o, en su defecto, el pago de su equivalente en dinero. La cosa debe ser restituida en el estado en que se encontraba al momento de la litis contestatio.
Actio Negatoria: Acción in rem y civil que corresponde al propietario civil frente a quien pretende tener un derecho de servidumbre o usufructo sobre su cosa, perturbando el ejercicio de su derecho de propiedad. Esta acción busca la declaración de inexistencia de ese derecho, el cese de las perturbaciones y, en su caso, el resarcimiento de los daños.
Excepciones en el Contexto de la Propiedad
Exceptio Iusti Domini: Corresponde al propietario civil cuando es demandado por un poseedor ex iusta causa que ha perdido la cosa antes de usucapirla (y que intenta recuperarla mediante la Actio Publiciana).
Excepción de la cosa vendida y entregada: Corresponde al propietario bonitario frente al propietario civil que le reclama la cosa con la reivindicatio.
Actio Publiciana: Corresponde al propietario bonitario que, antes de completar la usucapión, ha perdido la posesión de la cosa. Permite recuperarla para poder consumar la usucapión. Se trata de una acción con fórmula ficticia.
Negocios Jurídicos para la Transmisión de la Propiedad
Mancipatio
Mancipatio: Negocio jurídico del ius civile, inter vivos, bilateral, abstracto y formal (rito del cobre y la balanza). La propiedad se transmitía siempre que el enajenante fuera propietario civil. De ella nacía la actio auctoritatis, una acción para reclamar en caso de que el adquirente fuera privado de la cosa en un proceso por un tercero (propietario o con derecho sobre la cosa). Esta acción permitía reclamar el doble del valor de la cosa en caso de evicción.
In Iure Cessio
In Iure Cessio: Negocio jurídico del ius civile, inter vivos, bilateral, formal (proceso fingido de reivindicación ante el pretor) y abstracto (desconectado de su causa, pudiendo servir a distintas finalidades, entre ellas, la transmisión de la propiedad civil de las res mancipi y nec mancipi).
Traditio
Traditio: En sentido estricto, es un modo de adquirir la propiedad mediante la entrega de una cosa.
Requisitos de la Traditio
- Entrega de la cosa: Se aplican los mismos criterios estudiados para la adquisición de la posesión.
- Iusta Causa Traditionis: Causa reconocida por el ordenamiento jurídico como idónea para transmitir la propiedad. En Roma, estas causas son: venta, donación, dote, pago y crédito. La traditio en Roma es un negocio causal, lo que exige la validez de la causa.
- Propiedad del tradente o poder de disposición: Nadie puede transmitir un derecho que no tiene sobre una cosa.
Excepciones al Requisito de Propiedad del Tradente
A veces, el propietario no tiene poder de disposición sobre la cosa. Por ejemplo: el infans, el loco, el marido sobre el fundo dotal (Lex Iulia de fundo dotali) o el deudor pignorante. En estos casos, la propiedad no puede transmitirse.
En otras ocasiones, personas que no son propietarias pueden disponer de una cosa y transmitir la propiedad. Por ejemplo: el tutor o el acreedor pignoraticio.