Acción de Inconstitucionalidad contra Sentencia de Cámara de Apelaciones: Caso Juan Pérez

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**Objeto: Promoción de Acción de Inconstitucionalidad**

**Excma. Corte Suprema de Justicia**

Noelia Moreira, abogada con Matrícula N° 20.384, en representación de Juan Pérez, con personería reconocida en los autos: “*Juan Pérez C/ Carlos Díaz S/ Indemnización de Daños y Perjuicios*”, constituyendo domicilio procesal en Rafael Rodríguez N° 231 de la ciudad de Asunción, siendo el domicilio real de mi mandante Azara 863 de la ciudad de Asunción; a V.S. respetuosamente digo:

Que en tiempo y forma vengo a plantear **Acción de Inconstitucionalidad** en contra del Acuerdo y Sentencia N° 76 del 06 de septiembre de 2002 de la Segunda Sala de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial; alegando:

**Arbitrariedad:** la mencionada sentencia viola el derecho al debido proceso judicial y deja al demandante sin poder ejercer el derecho a la defensa, (arts. 12 y 17 de la Carta Magna).

Las definiciones más aceptadas de la doctrina sobre sentencias arbitrarias, establecen que son “*sentencias inexcusablemente erróneas*” y que “*exceden el límite de las posibilidades interpretativas que el ordenamiento deja al arbitrio del juez*”.

La Segunda Sala en su Acuerdo y Sentencia N° 76, al declarar mal concedidos los recursos de apelación y nulidad, cometió una arbitrariedad, pues decretó la nulidad de un acto procesal con las siguientes graves arbitrariedades:

  • Al declarar mal concedido el recurso de apelación, la Sala Segunda, extralimitándose en sus facultades, decretó la nulidad de la notificación y de la apelación formulada por mi parte. Actos procesales que se cumplieron el 06 de septiembre, y el “*a quo*” concedió el recurso el 13 de septiembre. Obviamente, el plazo para promover el incidente de nulidad correspondiente venció largamente.
  • **Planteo Extemporáneo:** al momento de plantearse la cuestión por la contraria con relación al posible vicio procesal, ya había operado la preclusión.
  • **Abuso o Exceso de Atribuciones por parte de la Sala II:** la Cámara no pudo decretar la nulidad como lo hizo por cuanto el incidente -medio inexcusable para cuestionar la validez de un acto procesal- debió deducirse en la instancia donde el vicio se produjo, es decir, en Primera Instancia.
  • **Estado de Indefensión:** por todo ello, mi parte planteó el recurso de aclaratoria a fin de que la misma Sala ordene la devolución al inferior y que se proceda en debida forma.

**Derecho**

Que, fundo la presente acción en las disposiciones contenidas en los artículos 132 de la Constitución Nacional, 259 inc. 5°), 260 inc. 2), 556 del Código Procesal Civil; por tanto a V.E. respetuosamente peticiono:

**Petitorio**

  1. Tener por reconocida mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado.
  2. Tener por presentada la presente Acción de Inconstitucionalidad contra el Acuerdo y Sentencia N° 76 del 06 de septiembre de 2002 de la Segunda Sala de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, y de la misma correr traslado a la demandada, citándola y emplazándola a fin de que conteste dentro del plazo de ley.
  3. Oportunamente, previo los trámites de rigor, declarar inconstitucional el fallo recurrido, con costas.

**Proveer de Conformidad.**

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