Accidentes Laborales y Patologías Derivadas: Un Enfoque Integral

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Desde un punto de vista técnico, un accidente de trabajo (AT) es todo suceso anormal, no querido ni deseado, que interrumpe la continuidad en el trabajo de forma súbita e inesperada y produce daños contra las personas o las cosas. Desde un punto de vista legal, es toda lesión corporal que sufre el trabajador por cuenta ajena con ocasión o consecuencia del trabajo. Analicemos los elementos de esta definición:

  • En un principio, solo se reconocía a los trabajadores por cuenta ajena, ahora también a los autónomos.
  • Debe existir una relación de causalidad entre el trabajo y la lesión.
  • Se ha de producir una lesión corporal. La Ley General de la Seguridad Social amplía el concepto al incluir estos casos.

Accidente de Trabajo In Itinere

Es el que se sufre al ir o volver del trabajo, cumpliendo tres requisitos:

  • Que ocurra al cambio de ida o vuelta al domicilio habitual.
  • Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el suceso que produce el accidente.
  • Que suceda durante el recorrido habitual.

Los requisitos exigidos son flexibles, considerándose como domicilio habitual el del fin de semana, o el camino no utilizado a diario por estar cortado por una huelga.

  • También se considera accidente de trabajo el desplazamiento de un trabajador por motivo de cargo sindical.
  • El accidente de trabajo que sufre un trabajador por realizar tareas no propias de su categoría profesional, pero que debe hacer para el buen funcionamiento de la empresa.
  • Accidentes de trabajo en misión: son aquellos que sufre el trabajador en desplazamientos realizados para cumplir con el puesto de trabajo.
  • Actos de salvamento: son los que realiza el trabajador para salvar a personas que no se encuentran en el centro de trabajo.
  • Enfermedades no incluidas en la lista del Real Decreto 1299/2006 y que contrajo el trabajador con motivo de su trabajo, siempre y cuando pruebe que fue por causa de la ejecución del mismo.
  • Enfermedades o defectos padecidos por el trabajador con anterioridad y que se agravan como consecuencia de una lesión producida por un accidente de trabajo.
  • Enfermedades interrecurrentes: son aquellas complicaciones derivadas del proceso patológico del AT o que tienen su origen en el nuevo medio en el que se sitúa al paciente para su curación.

Otras Patologías Laborales

Con motivo del trabajo se pueden sufrir daños psicosociales:

  • El estrés: Una persona sufre estrés cuando percibe unas demandas que superan su capacidad de respuesta y siente amenazada su estabilidad debido a la percepción subjetiva de la realidad.
  • La fatiga laboral: Es una disminución de la capacidad física y mental que aparece en una persona después de realizar un determinado trabajo en un tiempo breve y sin posibilidad de recuperación.
  • El envejecimiento prematuro: Es un fenómeno inespecífico de desgaste, provocado por la fatiga crónica acumulada, que provoca una aceleración del envejecimiento fisiológico normal.
  • La depresión: Situación psíquica patológica en la que suelen coincidir una inhibición mental (disminución de las capacidades en los procesos de ideación, conciencia, memoria, atención…) y una inhibición motora (inexpresión, hipotonía muscular, insomnio…).
  • Mobbing o acoso laboral: Situación en la que una persona o grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática, durante un tiempo prolongado, sobre otra persona, en el lugar de trabajo.
  • Burnout o síndrome de estar quemado: Es un tipo de estrés laboral que se da específicamente en las profesiones que mantienen un contacto constante y directo con las personas beneficiarias del trabajo, en una relación de ayuda o servicio. Los síntomas principales que lo integran son la baja realización personal en el trabajo, el agotamiento emocional y la despersonalización. Pueden sufrir este síndrome los médicos y profesores.

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