Acceso a la Sanidad Pública en España: Requisitos y Cobertura
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Acceso a la Asistencia Sanitaria Pública en España: Requisitos y Cobertura
En España, la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud (SNS), se garantiza a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado o de beneficiario de un asegurado. A continuación, se detallan las condiciones para cada caso.
La Condición de Asegurado
Se dispone que la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos a través del Sistema Nacional de Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado. Tendrán la condición de aseguradas las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
- Ser pensionista del sistema de la Seguridad Social.
- Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo.
- Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo y encontrarse en situación de desempleo, no acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título.
Asimismo, las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España, y los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español, podrán ostentar la condición de asegurado siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado (actualmente, 100.000 euros).
Los menores de edad sujetos a tutela administrativa siempre tendrán la consideración de personas aseguradas, salvo en los casos previstos en la Ley 16/2003, que establece:
«Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, recibirán asistencia sanitaria en las siguientes modalidades:
- De urgencia por enfermedad grave o accidente.
- De asistencia al embarazo, parto y postparto.»
En todo caso, los extranjeros menores de 18 años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.
Beneficiarios de un Asegurado
Tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, siempre que residan en España, las siguientes personas:
- El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad (pareja de hecho).
- El excónyuge o persona separada judicialmente.
- Los descendientes y personas asimiladas a cargo del asegurado que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
Tipos de Asistencia Sanitaria en el Sistema Nacional de Salud
Accidente No Laboral, Enfermedad Común y Maternidad (Art. 100.1 de la Ley General de la Seguridad Social de 1974)
Tendrán derecho a la asistencia sanitaria en estas contingencias:
- Los trabajadores por cuenta ajena que reúnan los requisitos establecidos, es decir, trabajadores afiliados, en alta o situación asimilada al alta. Los trabajadores comprendidos en el sistema se considerarán, de pleno derecho, en situación de alta a efectos de asistencia sanitaria por contingencias comunes, maternidad y riesgo durante el embarazo, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones. En este caso, el trabajador que precise asistencia sanitaria para sí o sus beneficiarios, la percibirá del servicio público de salud.
- Los pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas, incluyendo a los pensionistas del SOVI y otros seguros anteriores. Los pensionistas extranjeros serán beneficiarios de esta prestación cuando así se prevea en un convenio internacional.
Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional (Art. 100.2 de la Ley General de la Seguridad Social de 1974)
Serán beneficiarios los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que tengan cubierta la contingencia, de acuerdo con el artículo 126, bajo el principio de automaticidad.