Condiciones de los lugares de trabajo RD 486/1997: requisitos de edificios, puertas y escaleras
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CONDICIONES DE LOS LUGARES DE TRABAJO SEGÚN RD 486/1997
Edificios y locales
| 1 | Edificios y locales | Solidez y resistencia necesarias para soportar las cargas o esfuerzos y disponer de un sistema de armado, sujeción o apoyo que asegure su estabilidad. |
| 2 | Acceso a techos o cubiertas | Solo con garantías |
| 3 | Altura mínima al techo | 3 m (2,5 m para servicios, oficinas y despachos). |
| 4 | Superficie libre por trabajador | 2 m2 |
| 5 | Volumen libre por trabajador | 10 m3 |
| 6 | Características del suelo | Liso, llano, no resbaladizo, de fácil limpieza y que soporte esfuerzos mecánicos y agresiones físicas. |
| 7 | Aberturas en el suelo | Barandilla u otros sistemas de protección si hay más de 2 metros de caída. |
| 7 | Pendiente máxima en rampas | 12 % (menos de 3 m); 10 % (de 3 a 10 m); y 8 % (más de |