La Inviolabilidad del Domicilio: Protección Constitucional y Excepciones Legales en España
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La Inviolabilidad del Domicilio: Fundamento Constitucional
El Artículo 18.2 de la Constitución Española (CE) establece que “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.”
Este derecho fundamental garantiza que el espacio físico donde se desarrolla la vida privada de las personas esté protegido frente a cualquier intromisión (entrada o registro) por parte de particulares o poderes públicos.
Titularidad y Ámbito de Protección
La titularidad de este derecho corresponde a todas las personas físicas y también se extiende a las personas jurídicas (STC 137/1985).
El derecho penal protege el domicilio frente a la intromisión... Continuar leyendo "La Inviolabilidad del Domicilio: Protección Constitucional y Excepciones Legales en España" »
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