Conceptos Clave en Derecho Internacional: Protección Diplomática y Legítima Defensa
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Protección Diplomática de Personas Físicas
La Protección Diplomática de personas físicas parte de la base de que hay dos Estados. Se refiere a la acción llevada a cabo por un Estado (A) contra otro Estado (B) cuando el Estado (B) ha vulnerado los derechos e intereses de un nacional del Estado (A) en su territorio (el territorio del Estado B). Esta vulneración constituye un hecho internacionalmente ilícito. Por ello, la protección diplomática se ejerce si existe un hecho internacionalmente ilícito.
Asistencia Diplomática
La Asistencia Diplomática no conlleva la necesidad de que exista un hecho internacionalmente ilícito, a diferencia del primer requisito para la protección diplomática.
Requisitos para la Protección Diplomática
- Agotamiento