Claves de las Obligaciones Divisibles e Indivisibles: Concepto y Régimen Jurídico
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Obligaciones Divisibles e Indivisibles en el Derecho Civil
La Indivisibilidad Derivada de la Prestación
La divisibilidad o indivisibilidad de las prestaciones se deriva, natural y directamente, de la propia prestación. Una obligación pecuniaria es, por naturaleza, divisible, pues las unidades monetarias que refleje (supongamos, doce mil pesetas) pueden ser entregadas de una vez, en cuatro plazos, o mediante diez pagos parciales de mil doscientas pesetas cada uno. Otras muchas obligaciones habrán de ser consideradas indivisibles por naturaleza, atendiendo simplemente a la índole de la prestación.
Según el Código Civil, son indivisibles:
- Las obligaciones de dar o entregar una cosa que no permita fraccionarse o distribuirse en lotes, como
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