Responsabilidad Limitada en el Derecho Marítimo Español: Análisis del Convenio de Londres
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Limitación de Responsabilidad en el Sistema Español
El sistema español establece la limitación de responsabilidad mediante el Sistema uniforme del Convenio de Londres 76/96.
Particularidades para Buques de Menos de 300 GT
España establece un límite de 1.000.000 DEG para muerte o lesiones y 500.000 DEG para daños materiales.
El armador puede perder el derecho de limitación cuando el daño sea por causa imputable a él.
Limitación en el Derecho Uniforme/Sistema Internacional
Regulado por el Convenio de Limitación de Responsabilidades de Derecho Marítimo de Londres (V1976/V1996). Se aplicará cuando un estado parte reclame el derecho a limitar ante otro estado parte o se proceda al embargo del buque deudor por un estado parte. España se... Continuar leyendo "Responsabilidad Limitada en el Derecho Marítimo Español: Análisis del Convenio de Londres" »
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