Los seguros personales

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Los seguros personales: aquellos en los que el objeto del seguro es la propia persona. Consiste en que el riesgo recae recae sobre la misma persona, esta destinada a indemnizar al asegurado en los supuestos de jubilación, accidente o muerte. Se dividen en: seguros de vida, _ seguros de ahorro que el asegurador se compromete a pagar al beneficiario de la póliza, seguros de riesgo_ son seguros para el caso de fallecimiento del asegurado; su finalidad es la de garantizar el bienestar económico de su familia en el caso de que fallezca.
Seguros patrimoniales: el riesgo recae sobre los bienes materiales de las personas.
Seguros asistenciales: los que proporcionan servicios y asesoramiento al asegurado.
Seguros individuales: la póliza cubre los riesgos de un solo asegurado.
Seguros colectivos: destinados a dar cobertura a varios asegurados.
Seguros simples: su contratación ofrece cobertura a un riesgo concreto.
Seguros combinados o multirriesgo: la póliza incluye varios referidos a un mismo objeto asegurado.
Seguros voluntarios: son los que suscriben los ciudadanos y las empresas con absoluta libertad, para cubrir los riesgos que les afectan.
Seguros obligatorios: son aquellos de contratación impuesta por el Estado para la protección de los intereses de los ciudadanos.
Los planes de jubilación incluyen como garantías el valor de rescate, el valor de anticipo y valor de reducción.
Los planes de pensiones pueden ser promovidos por cualquier entidad, asociación, sindicato o colectivo, siendo los participes las personas físicas en cuyo interés se crea el plan.
Los seguros patrimoniales: están destinados a indemnizar a los asegurados por los daños o pérdidas que sufran sobre sus bienes materiales.
Los seguros de responsabilidad civil: dan cobertura a los daños producidos a terceros, ya sea por el propio asegurado o por las personas o hechos de los que sean responsables civilmente.
Seguros obligatorios de automóviles: los propietarios de vehículos a motor que circulen por territorio español deben suscribir una póliza de seguro obligatorio con unas garantías mínimas exigidas, para atender económicamente los daños que puedan originar.
Las garantías de responsabilidad civil del seguro obligatorio de automóviles pueden ser ampliadas en el seguro voluntario hasta cuantías limitadas.
Los riesgos sobre los bienes patrimoniales de los asegurados pueden contratarse de forma separada, o mediante pólizas multirriesgo que contemplan todas las coberturas que se precisen.
Los seguros multirriesgo hogar: _diferencian las garantías sobre el continente (la propia vivienda) y el contenido (mobiliario y enseres que se encuentran en la vivienda asegurada).
Los seguros del hogar suelen incluir la garantía de responsabilidad civil para cubrir los daños a terceros.
Las pólizas multirriesgo PYMES cubren las mismas garantías que las de hogar, además de otras propias de la actividad económica que se desarrolla dentro del local o edificio asegurado.
Los seguros de crédito y caución están destinados exclusivamente para cubrir una actividad empresarial.
Los seguros asistenciales garantizan al asegurado la prestación de servicios determinados en el momento que lo precise.
Los seguros de decesos, asistencia y protección jurídica: se encuadran bajo la denominación de seguros asistenciales.
La estadística es una ciencia cuyo objetivo se centra en el estudio de hechos, aparentemente causales, para determinar la frecuencia que se producen.
Las franquicias es una parte del riesgo cuya cobertura no es asumida por el asegurador, sino por el propio asegurado. La franquicia es propuesta por la compañía aseguradora para conseguir del asegurado una actitud más responsable ante la posibilidad de un siniestro,_ existen 2tipos de franquicia de importe fijo que el asegurador asume de todos los daños de importe igual o inferior a la cantidad fijada en la póliza como franquicia, y la de importe variable que el contrato fija un porcentaje sobre los daños en concepto de franquicia; este porcentaje tiene un límite máximo.
La edad en los seguros: se contabiliza la edad actuarial del asegurado. La edad actuarial es aquella cuyo aniversario queda más próximo a la fecha de contratación del seguro.
El consorcio de Compensación de seguros se ocupa de asegurar aquellos vehículos cuyos conductores hayan sido rechazados por las entidades privadas, pero sólo en su modalidad de seguro obligatorio.

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