Derecho laboral

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DIVISIONES DEL DERECHO DEL TRABAJO: regulan la actividad del estado y de los organismos publicos entre sí, ramas: D. interncional publico, politico, administrativo, penal, procesal.
DERECHO PRIVADO: regula las relaciones entre particulares o con el estado y los organismos publicos cuando estos actuan de forma privada . Ramas: d.del trabajo, internacional privado, civil y mercantil.
DERECHO DEL TRABAJO: ocupa un lugar intermedio entre el publico y el privado ya que comprende normas de ambos.
CARACTERISTICAS DEL TRABAJO Y EL DERECHO: Voluntariedad (el trabajado debe ser libre de trabajar o no y decidir para que persona trabaja o no) Por cuenta ajena (se trabaja para otra persona cobrando a cambio un salario) Dependencia (el empresario es el que ordena cuando, donde y como ha de realizarse el trabajo). Retribución ( Toda actividad laboral debe ser remunerada, excluyendo la realizada de forma gratuita).
FUENTES: Leyes, costumbre, principios generales del derecho, jurisprudencia (las sentencias del tribunal supremo)
ESTATUTOS:
Leyes y reglamentos, convenio colectivo, contrato de trabajo, costumbre.
LEY: norma dictada por la autoridad competente de caracter común, estable , justa y suficientemente promulagada.

JERARQUIA NORMATIVA
:
1.
la constitucion española: de 1978 es la norma que prevalece sobre el resto de las leyes, se puede clasificar en derechos fundamentales, derechos y libertades de los ciudadanos y principios económicos y sociales.
2.
las normas internacionales:son los tratados internacionales (pasan a ser parte del ordenamiento juridico español una vez aprobados ypublicados Boe), la normativa de la union europea (es un grupo de paises europeos q se han comprometido a trabajar juntos para conseguir la paz tambien han creado instituciones en las q delegan su soberania estas se denominan la integracion europea conformada por el parlamento, consejo, comision, tribunal de justicia y tribunal de cuentas) y la normativa de la organizacion internacional del tabajo OIT.( es un organismo especializado de la ONU con el fin de promover acciones internacionales para mejorar las condiciones de trabajo. Se manifiesta mediante normas juridicas: convenios( prevalecen el convenio internacional sobre la ley nacional), recomendaciones (no tiene caracter vinculante para los Estados y sirve para aclarar el contenido de los convenios), resoluciones ( expresan los criterios de la OIT sobre determinadas materias,no son obligatorias y suelen ser un anticipo de futuras recomendaciones y convenios.
3.
normativa europea
4.
las leyes : ley organica (regulada por el poder ejecutivo para su aprobacion o modificacion se exige la mayoria absoluta) , ley ordinaria (son todas aquellas aprobadas por las cortes generales y para su aprobacion es la mayoria simple) , semileyes: decretos leyes (en cso de extraordinario y urgente necesidad el gobierno podra dictar disposiciones legislativas provisionales q tomaran la forma de decretos leyes), decretos legislativo : las cortes generales pueden delegar en el gobierno la facultad de dictar normas juridicas con rango de ley . tienen dos manifestaciones textos articulados (las leyes bases fijan unas directrices q son desarrolladas por el gobierno el cual aprueba el texto articulado por la ley pero sin salirse de las principios y criterio de la ley base), textos refundidos: Las cortes generales pueden autorizar al gobierno a reunir en un solo texto una seri de leyes dispersas q regulan la misma materia.
5.
Reglamentos: son normas juridicas de rango inferior a las ley, dictada por organos del Estado o del poder publico con potestad reglamentaria.
6.
convenio colectivo:es un acuerdo escrito negociado libremente entre los trabajdores y empresarios vinculante para ambas partes de ambito funcional y territorial para regular las condiciones de trabajo y las normas de convivencia laboral.
7.
contrato de trabajo: debe celebrarse libremente con el mutuo acuerdo de las partes q intervienen teniendo en cuenta q en ningun contrato se pueden establecer ocndiciones menos favorables para el trabajador o contradiga las normas o convenios colectivos.
8. la costumbre:
la norma de conducta generada por la reiterada y constante practica social. puede ser local (se refiere a cada localidad y no provincia ej: localidad de alamo regalan tartas a sus empleados el dia de san blas pero esto no es aplicable en la localidad vecina) y profesional (se refiere a la utilizada por los trabajadores y empresarios de una determinada rama , profesion no una costumbre local general ,ej: albañiles de localidad alamo no pueden reclamar la tarta el dia de san blas ya que es una costumbre entre pasteleros.9. los principios generales del derecho
•norma minima: se refiere a q las normas de rango superior establece el contenido minimo de la norma q la sigue y las normas inferiores pueden establecer mejores condiciones de trabajo que la norma superior pero no empeorarlas.
•norma mas favorable: cuanda hayan dos o mas normas cualquiera q sea su rango la que sea mas favorable para el trabajador.
•irrenunciabilidad: los trabajadores no pueden renunciar a los derechos q tengan reconocidos por ley ej: vacaciones retribuidas
•condicion mas beneficiosa: si una norma laboral establece ocndiciones peores q las contenidas en los contratos prevalecen las condiciones mas beneficiosas q se fijaron anteriormente. ej: 600 contrato 1000, 1000 contrato 600
•induvio pro operario:los tribunales en caso de duda sobre la aplicacion de una norma la interpretaran de la forma mas beneficiosa para el trabajador.
•territorial: un trabajdor contratado en españa que `preste sus servicios en el extranjero se le aplicara las normativa española
TRIBUNALES LABORALES: menor a mayor rango: juzgado de lo social ( jurisdiccion en toda la provincia), Tribunales superiores de justicia de las comunidades autonomas( comunidades autonomas - sala de lo social), audiencia naciona ( a nivel nacional- sala de lo social)l, tribunal supremo (organo superior de todos a nivel nacional-- sala iv de lo social
LA COMISION EUROPEA: puede adoptar actos juridicos que tienen fuerza de ley y en el caso de los reglamentos son de aplicacion obligatoria y en recomendaciones y dictamenes son de caracter orientador.
LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES: 2000
establece los derechos de los que disfrutaran los trabajadores entre ellos los de libre circulacion, remuneracion justa, proteccion social, igualdad de tratos a hombres y mujeres, etc, las actuaciones de UE en materia laboral se enmarcan en la dimension social europea q se basa en el principio de no discriminacion entre los ciudadanos de lso paises de la UE por su nacionalidad.
NORMAS DE LA UNION EUROPEA: Reglamentos (son normas de aplicacion en todos los estados miembros q crean un mismo derecho en toda la union, no son necesarios transcribirlos al Derecho Nacional.) Directivas (marcan unos objetivos a los destinatarios quienes en un plazo determinado deben adoptar las medidas necesarias para conseguir los fines previstos).

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