Contitucion de 1812

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las cortes de cadiz establecen soberania popular, division de poderes y representatividad.
la labor de las cortes y sus decretos se basa en la igualdad, libertad y derecho a la propiedad
-libertad de imprenta/-abolicion de la inquisicion/supresion de los señorios/libertad de contratacion/eliminacion del mayorazgo/desamortizacion.
caracteristicas:
consta de 10 titulos y 384 articulos y es una constitucion liberal.
-diseña un estado basado en monarquia parlamentaria
-las cortes representantes de la nacion elaboran las leyes que son promulgadas y sancionadas por el rey
-la soberania reside esencialmente en la nación.
-el poder legislativo y ejecutivo residen en el rey y el judicial en los tribunales
-las cortes tienen una camara que se reune tres meses al año. y los diputados se renuevan por sufragio universal masculino de mayores de 25 años.
-las juntas electorales se organizan en orden creciente
-milicia nacional, y ejercito permanente.
constitucion de 1837 es pactada entre liberales y moderados
reconoció el poder legislativo a las Cortes -en un sistema bicameral con el Congreso de los Diputados y el Senado- junto al Rey, a quien correspondía la disolución y la mayoría de las prerrogativas propias del Jefe del Estado y del poder ejecutivo, y que delegó más tarde en la Presidencia del Consejo de ministros, pero reservándose gran capacidad de maniobra, como la disolución de las Cámaras.
-principio de soberania nacional
-declaracion de derechos:libertad de prensa,opnion...
-division de poderes y aconfesionalidad del estado
-se concedian mas poderes a la corona y introduccion del senado.
Los liberales moderados no tenían intención de ir más allá de las reformas concluidas con la Constitución de 1837 y los progresistas controlaban buena parte de España mientras la guerra con los carlistas continuaba en el norte.
constitucion de 1845 es moderada
representa la 3 constitución Española y recoge las ideas básicas del moderantismo: rechazo de la soberanía nacional y sustitución por la soberanía conjunta del Rey y las Cortes, ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución de las atribuciones de las Cortes, Exclusividad de la religión católica y compromiso de mantenimiento del culto y clero, Ayuntamientos y Diputaciones sometidos a la Administración central, supresión de la Milicia Nacional, restricción del derecho de voto, que se remite a una nueva ley electoral posterior y Senado no electivo sino nombrado por la reina entre personalidades relevantes y de su confianza.es muy parecida a la del 37

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