Validez de las Normas Jurídicas: Requisitos y Diferencias con la Derogación
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1. Concepto de Validez
En el ámbito jurídico, el término validez se refiere a una propiedad de los actos o normas, significando "existencia jurídica". Un testamento o contrato es válido cuando, además de la voluntad expresada, los actos se ajustan al sistema jurídico. Similarmente, una norma es válida cuando pertenece a un sistema jurídico al cumplir las condiciones establecidas. La existencia o no de normas sobre la producción jurídica determina dos modelos distintos de juicios de validez. Las normas secundarias son cruciales para la producción jurídica y para determinar la validez de las normas del sistema.
2. Condiciones de la Validez
Una norma es válida al cumplir las condiciones del sistema. Estas condiciones, variables según el sistema y el tipo de norma, se centran en la forma y el contenido.
Competencia Formal
Exige que la norma sea creada por el órgano competente. La potestad de crear normas está regulada, no cualquier persona u órgano puede dictar cualquier norma.
Procedimiento
La validez exige que se siga el procedimiento establecido. La norma, expresión de un acto de voluntad, debe manifestarse según la norma que regula la producción normativa.
Materia Regulada
Cada tipo de norma se vincula a un sujeto, un procedimiento y, a menudo, a un ámbito material. No se trata de lo que la norma prohíbe, manda o permite, sino de su objeto. Ciertas normas solo se adoptan mediante ley (art. 25 CE). Incumplir esto genera un vicio de competencia material. Aunque teóricamente similares, los vicios de incompetencia formal y material tienen diferencias prácticas importantes. Sería inusual que un órgano legislativo regional dictase una ley orgánica, competencia exclusiva del órgano legislativo nacional.
Condición Material
Para determinar si una norma contradice una superior, se interpretan ambas. El Derecho se caracteriza por la jerarquía normativa, obligando a las inferiores a respetar las superiores.
En el concepto de validez intervienen criterios dinámicos y estáticos.
3. Validez y Derogación
La invalidez no es derogación. La validez es objetiva y atemporal: una norma válida lo es desde su producción. La derogación elimina una norma válida con una posterior.
Es importante distinguirlas:
- Efectos: Una norma inválida nunca perteneció al sistema, carece de efecto y su invalidez es retroactiva. La norma derogada estuvo vigente, siendo aplicable a situaciones previas.
- Coexistencia: Se puede declarar la invalidez de una norma derogada. Por el principio de irretroactividad, la norma derogada sigue vigente para situaciones pasadas.
En conclusión, invalidez y derogación son distintas, pero con un posible efecto similar: la inexistencia jurídica de la norma.