Sistema ingresos ue cotizaciones azúcar

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3.)LOS INGRESOS DEL PUE


Norma Clave: DECISIÓN DEL CONSEJO de 26 de Mayo de 2014 sobre el sistema de recursos propios De la Uníón Europea.
A) Recursos Propios tradicionales (RPT desde 1971):Vinculados A la PAC y a la Política Comercial Común.Tendencia a disminuir.A.1) Derechos agrícolas y cotizaciones sobre el azúcar.- Derechos agrícolas: percibidos por la importación de productos Agrícolas propios de una OCM procedentes de países terceros. Desde 2007 se Consideran aranceles.- Cotizaciones Sobre el azúcar: Exacciones sobre el azúcar, isoglucosa y jarabe de inulina. Cotizaciones a la producción pagadas por las empresas del sector azucarero. Financia las subvenciones a la X de azúcar. Muy poco importante: 0´13% del Total de los ingresos en 2013.A.2) Derechos de Aduana: Derechos de Arancel Aduanero Común, derechos de antidumping, derechos compensatorios, y Otros derechos que hayan fijado o puedan fijar las instituciones de la Uníón en Los intercambios comerciales con terceros países, y países de derechos de Aduana sobre los productos que estaban regulados por el Tratado Constitutivo de La CECA, ya expirados. --Los RPT: inicialmente 10´14% en 2013. Al final 10´35 y En el 2014: 12%.En realidad, los RPT son los únicos Recursos propios.Los Estados miembros retienen en concepto de gastos de recaudación una parte de lo Recaudado (desde 1988 hasta 2001 sólo el 10%, hasta 2013 el 25% y a partir de 2014 un 20% según el Art 2.3). Está Relacionado también con los saldos financieros EM-UE- son Disposiciones Especificas para evitar “cargas presupuestarias excesivas”.
  B)El recurso propio IVA:
Resultado de la aplicación de un tipo uniforme del 0´30% válido para todos los Estados miembros (sin embargo, en el periodo 2007-2013 el tipo de referencia Del recurso IVA se fijó en un 0´225% para Austria, 0´15% para Alemania y un 010% Para los Países Bajos y Suecia) a las bases imponibles del IVA armonizadas, Determinadas con arreglo a normas de la UE. En el periodo 2014-2020: 0´15% para Alemania, Países Bajos y Suecia. ¿Por qué? Porque si no pagarían muchísimo más De lo que reciben. Otro ejemplo de Disposiciones específicas para evitar “cargas presupuestarias excesivas”.

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La base imponible que deberá tenerse en Cuenta a estos efectos no excederá del 50% de la RNB (a precios de mercado y Proporcionada por la Comisión en aplicación del Reglamento (UE) nº 549/2013

El Parlamento defendíó su eliminación Y sustitución por el recurso RNB.Su eliminación se considera positiva Porque, además, en su cálculo se emplean elementos estadísticos en lugar de Fiscales. Termina siendo una “contribución nacional”. Se pretende modificar.
  C)Recurso Propio RNB.
También conocido como el cuarto recurso o recurso PNB/RNB: Resultante de la aplicación de un tipo uniforme al PNB total de la UE Establecida según normativa comunitaria.Nace en 1988 para armonizar, equilibrar Presupuesto: Ingresos = Gastos.Incremento de su importancia. 2013: 73´71%. Al final 76´7%. 2014: 73´76%Críticas:

No se tiene en cuenta la RNB/h

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¿Calidad de las estadísticas (se ha intentado solucionar con El nuevo SEC)?

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¿Algunos países Aportan menos de lo que les corresponde según su RNB?No todos los países pagan Lo mismo. Algunos tienen rebajas, porque si no pagarían mucho más de lo que Reciben.
D)Otros Ingresos (no son Recursos propios): Poco importantes. 2014: 1´1% pero 2´9% en 2013. Entre otros:

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Súperávit del año anterior. Se Incorpora mediante un presupuesto rectificativo y suplementario al presupuesto Final.

Impuestos sobre las Retribuciones y pensiones del personal de la UE.

Intereses bancarios, intereses de demora y multas impuestas a Empresas por infracción de las normas comunitarias de competencia

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Ingresos derivados del EEE (Noruega, sobre todo)

El “Cheque Británico” (corrección del desequilibrio presupuestario con el Reino Unido) Condiciona lo que ocurre con el sistema de ingresos.Historia:

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Origen (contribución excesiva). Motivó también la consulta de 1975 sobre la Permanencia en la CE. ¿Han cambiado las circunstancias?

En 2013 4.329´5 millones de euros

Contenido básico del “Cheque británico”:

La devolución Al RU del66% de su contribución neta al presupuesto de la UE.

¿Cómo se calcula la corrección Británica (art 4)?

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Se calcula la Diferencia habita en el ejercicio presupuestario anterior entre:

La cuota del RU en la suma de las Bases no niveladas del IVA y

La cuota dl RU en el gasto asignado Total,  --
Se multiplica la diferencia obtenida por el gasto asignado total

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Se Multiplica el resultado de antes por 0´66

¿Es el sistema de ingresos apropiado?No, según la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el mundo académico. Cambios

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Establecer un sistema de Financiación basado , aunque no solo, en recursos fiscales propios: el IVA como Recursos fiscal, impuestos sobre la energía, etc..

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La comisión y el Parlamento europeo ya han presentado múltiples Propuestas, pero no se ha llegado a ningún acuerdo. Siempre algún país se Niega.No coincide el gasto previsto Con el gasto finalmente efectuado (alrededor del 90%)

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