Instituciones de la democracia semidirecta

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1) PROCEDIMIENTO DE DOBLE LECTURA:


se va al despacho de la comisión; después es la aprobación inicial; la publicación y a lo último se convoca a una audiencia pública, acá se le hacen retoques y se adhiere o rechaza.

2) DIFERENCIA ENTRE REFERÉNDUM Y CONSULTA POPULAR VINCULANTE Y NO VINCULANTE:


a iniciativa popular como la consulta popular vinculante y no vinculante se trata de una forma semidirecta de democracia. La consulta popular VINCULANTE En esta, el Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pueblo u proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada y el voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nacíón lo convertirá en ley y su promulgación será automática. La consulta popular no vinculante, está prevista en el segundo párrafo del artículo 40. Establece que el presidente o el congreso de la nacíón, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar la consulta popular NO VINCULANTE, es decir, que en este caso la consulta no será obligatoria como tampoco lo será el voto y sus resultados. REFERÉNDUM: Procedimiento jurídico por el que se somete a votación popular una ley o un asunto de especial importancia para el Estado.

3)QUÉ PASA CON UN PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA LEGISLATURA Y QUE EL JEFE DE GOBIERNO NO APRUEBA NI RECHAZA DESPUÉS DE 10 DÍAS?
Se toma la ley como APROBADA.

4)POR QUÉ SE LO PUEDE SOMETER A JUICIO A UN LEGISLADOR? CAUSAS


En causas de responsabilidad q se intenten contra ellos, por mal desempeño, o por delito en el ejercicio de sus funciones; o críMenes comunes, dsp de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formción d la causa x la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.

5) EL PODER LEGISLATIVO DE LA CABA ES EJERCIDO POR: El senado

LOS LEGISLADORES PUEDEN SER REELECTOS:


  Indefinidamente.

EL PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA ES:


El vicejefe de Gobierno.

LOS MINISTROS SON ELEGIDOS POR:


EL VICEJEFE DE GOBIERNO DURA:


4 años.

EL JEFE DE GOBIERNO PUEDE SER REELECTO:


1 vez.

6) LOS MINISTROS DURAN 3 AÑOS EN SU CARGO FALSO. No tienen período fijo

B) EL GOBIERNO PUEDE JERCER FUNCIONES LEGISLATIVAS: V

C)EL JEFE DE LA CABA DEBE RESIDIR EN LA CABA DURANTE TODO SU MANDATO: V

D)LOS JUECES DURAN EN SU CARGO MIENTRAS TENGAN BUEN CONDUCTA: V

E)LOS JUECES SON DESIGNADOS X EL CONSEJO D LA MAGISTRATURA: F. Sólo se encargan de las ternas

F)LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DE LA LEGISLATURA DURAN DEL 1/1 AL 28/2:


  se desarrollan sin fechas preestablecidas.

7) REQUISITOS PARA SER LEGISLADOR Y JEFE DE GOBIERNO:


LEGISLADOR: se requiere haber cumplido 25 años, tener 4 años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia q se lo elija, o con dos años de residencia inmediata. JEFE DE GOBIERNO: Ser argentino o nativo por opción; tener 30 años; Sr nativo d la ciudad o poseer una residencia habitual y permanente no inferior a los 5 años anteriores a la fecha de elección.

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