Impuestos Clave en España: IRPF, IAE e IVA
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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF grava la renta obtenida por las personas físicas. Algunos de los rendimientos sujetos a este impuesto son:
- Rendimientos del trabajo: Sueldos, salarios, pensiones, etc.
- Rendimientos del capital: Intereses, dividendos, etc.
- Rendimientos de las actividades económicas: Beneficios obtenidos por empresarios individuales.
- Ganancias patrimoniales: Beneficios obtenidos por la venta de bienes del contribuyente.
Para las empresas, el devengo del IRPF tiene lugar cada 31 de diciembre. El pago se adelanta a lo largo del año mediante retenciones y pagos a cuenta. También se retiene una parte de los dividendos distribuidos a los accionistas.
Sobre la base imponible se aplica el tipo impositivo para obtener la cuota íntegra. El IRPF es un impuesto progresivo, lo que significa que el tipo aplicado es más alto cuanto mayor es la base imponible.
A la cuota íntegra se le restan las deducciones a las que se tenga derecho para obtener la cuota líquida.
La cuantía final a pagar se calcula restando a la cuota líquida las retenciones y pagos a cuenta.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un impuesto que recaudan los ayuntamientos por la realización de actividades económicas en su término municipal.
- Sujeto pasivo: Personas jurídicas que realizan actividades económicas y empresariales en España, cuyo importe neto de cifra de negocios supere el millón de euros.
- Hecho imponible: La actividad económica.
- Devengo: El 1 de enero de cada año.
Aunque el IAE es un impuesto municipal, la mayor parte de las gestiones relacionadas con él son competencia de la Agencia Tributaria estatal, que varía en función de la actividad económica.
Las cuotas del IAE no se corresponden con los beneficios o pérdidas, por lo que este impuesto no es progresivo. La cuota suele constar de una parte fija y otra variable que depende de factores relacionados con las características del negocio.
Se aplican recargos provinciales y nacionales a algunas actividades, así como por la zona de la ciudad en la que se encuentra el local.
Impuestos Indirectos: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. El sujeto pasivo debería ser el comprador y el hecho imponible su consumo.
- Hecho imponible: El consumo final de un bien o servicio.
No siempre es fácil distinguir en el momento de la compraventa si el comprador será el consumidor final o si, por el contrario, lo venderá a su vez a un tercero o lo utilizará para producir otro bien o servicio. Si el individuo que adquirió el bien o servicio lo vende o lo transforma para su venta, podrá repercutir ese IVA.
- Devengo: En el momento de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio.
En la liquidación del impuesto se calculan todos los IVA que se han repercutido a los clientes, restándoles todos los IVA soportados.
Los tipos impositivos del IVA pueden ser:
- Tipo reducido: Para las entregas de alimentos.
- Tipo superreducido: Para los alimentos de primera necesidad.
- Tipo general: Para el resto de operaciones.