Finanzas Públicas y Sistema Tributario Argentino: Conceptos Clave y Funcionamiento
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Actividad Financiera del Estado
La actividad financiera es la actividad económica que realiza el Estado para cumplir sus fines. Su manifestación fundamental es la obtención de recursos para efectuar gastos públicos, con el objetivo de satisfacer necesidades colectivas.
Sujeto Activo
El sujeto activo es el Estado en sus tres niveles:
- Nacional
- Provincial
- Municipal
Necesidades Públicas
Son aquellas que nacen de la vida colectiva y que el Estado busca satisfacer mediante la actividad financiera.
Presupuesto Público
El presupuesto es la expresión contable, conjunta y sistemática de las obligaciones máximas a reconocer durante el ejercicio por la administración pública y las estimaciones de ingresos para afrontarlas, según la aprobación que efectúe el Poder Legislativo.
Características
- Se fija anualmente.
- Lo elabora el Poder Ejecutivo (PE).
- Lo analiza y discute el Poder Legislativo (PL) (Cámara de Diputados).
- Lo aprueban ambas cámaras.
- Debe aprobarse antes del 31 de diciembre.
- Es competencia del Derecho Presupuestario dentro del Derecho Financiero.
Recursos Públicos
Son todas las percepciones o ingresos del Estado, de cualquier naturaleza, con el objeto de financiar los gastos públicos.
Gastos Públicos
Es toda erogación monetaria realizada por autoridad competente, en virtud de una autorización legal, y destinada a fines de interés colectivo.
Formas de Financiar el Gasto Público
- Tributos
- Empréstitos (internos o externos)
- Emisión de dinero
Tributos
Son las fuentes de generación de fondos o ingresos de los tres niveles de gobierno (impuestos, tasas y contribuciones).
Impuestos
Son obligaciones que tienen los habitantes de un país de pagar al Estado determinadas sumas de dinero, que luego se destinan a satisfacer las necesidades de la comunidad (seguridad, educación, salud, etc.).
Tasas
Son sumas de dinero que deben pagarse al Estado cuando se reciben prestaciones específicas de ciertos servicios públicos (habilitación de negocios, alumbrado, barrido, limpieza, etc.).
Contribuciones Especiales
Son sumas de dinero que deben pagarse para constituir un beneficio particular para las personas alcanzadas por el tributo, como consecuencia de una obra o gasto público (construcción de caminos, puentes, canales, etc.).
Elementos del Impuesto
- Sujeto activo: Es quien percibe el impuesto (Estado nacional, provincial o municipal).
- Sujeto pasivo: Es quien paga o abona el impuesto (contribuyente o responsable).
- Hecho imponible: Hecho que genera o produce el pago del impuesto.
- Base imponible: Base sobre la cual se calcula el impuesto.
- Alícuota: Porcentaje que se aplica sobre la base imponible para calcular el impuesto resultante.
- Impuesto: Importe que resulta de la aplicación de la alícuota sobre la base imponible.
Contribuyentes
Son contribuyentes las personas (físicas o jurídicas) que se encuentran obligadas a pagar los impuestos.
Presión Tributaria
Es la relación existente entre la imposición fiscal que recae en una persona física, un grupo de personas o una comunidad, y la renta que dispone esa persona, grupo o comunidad.
Puede ser:
- Individual: Cuando se compara el importe total de las erogaciones fiscales de una persona con sus ingresos.
- Sectorial: Cuando la relación nace de comparar el importe de la deuda fiscal de un determinado sector económico con la renta que produce tal sector.
- Nacional: Cuando se establece una relación entre el conjunto de tributos de un país y la riqueza que produce esa nación.
Capacidad Tributaria
Es el nivel de vida o bienestar económico de cada persona o sociedad que determina cuánto debe tributar. Se determina mediante tres variables: renta, patrimonio y consumo.
Evasión
Contempla toda actividad racional dirigida a sustraer, total o parcialmente, en provecho propio, un tributo legalmente debido al Estado.
Evasión Fiscal o Tributaria
Es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales y penadas por ella.
Impuestos Nacionales
Componentes del Número de CUIT
Cada sujeto que quiera inscribirse en la AFIP deberá optar, según su condición, como Responsable Inscripto (RI) o Monotributista (Mono.). Previamente, deberá obtener su CUIT.
El CUIT para los sujetos individuales se forma con el número de documento de identidad, precedido por 20 o 24 para hombres, y 23 o 27 para mujeres. El último dígito se forma por un cálculo matemático para evitar errores en la imputación de las presentaciones y pagos.
Para las personas jurídicas es similar a las personas físicas. Los primeros dos números son 30 o 33, en el centro hay una cifra que asigna la AFIP y el último dígito se forma por un cálculo matemático que evita errores en los pagos o presentaciones.
Contribuyentes a Inscribirse en AFIP
Responsable Inscripto
Son los contribuyentes que en el año calendario inmediato anterior al período fiscal hayan realizado operaciones gravadas, exentas o no gravadas por un monto superior a los siguientes:
- $144.000 para los contribuyentes que realicen ventas de bienes.
- $72.000 para los contribuyentes que realicen servicios.
Monotributista
Son pequeños contribuyentes que en el año calendario inmediato anterior al período fiscal hayan realizado operaciones gravadas, exentas y no gravadas por un monto inferior a los siguientes importes:
- $144.000 para los sujetos que realicen ventas de bienes.
- $72.000 para los sujetos que realicen servicios.