Estructura y Mecanismos de la UE
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Instituciones y Funcionamiento de la Unión Europea
1. Capitales de la UE
- República de Estonia: Tallin
- República de Finlandia: Helsinki
- República Francesa: París
- República Helénica: Atenas
- República de Hungría: Budapest
- República de Irlanda: Dublín
- República Italiana: Roma
2. Símbolos de la UE
- 1º) La bandera europea: de forma rectangular y color azul, tiene en el centro un círculo de doce estrellas. Cada estrella representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa.
- 2º) El himno europeo: es la música de la “Oda a la alegría”. Expresa los ideales de libertad, de paz y de solidaridad que representa Europa.
- 3º) Día de Europa: es el 9 de mayo, coincidiendo con la fecha en la que Robert Schuman presentó su propuesta para la creación de una Europa organizada.
- 4º) Lema de la UE: “Unida en la diversidad”, que significa que en la UE los europeos trabajan juntos en aras de la paz y la prosperidad reconociendo y valorando las numerosas culturas, tradiciones y lenguas de Europa.
3. El Parlamento Europeo
Cuenta con 750 representantes, más el presidente, elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto, por un período de cinco años. La sede del Parlamento está en Estrasburgo (Francia), donde se reúnen una vez al mes en sesión plenaria. Los europarlamentarios no se agrupan por bloques nacionales, sino por grupos políticos a escala europea. Cada grupo refleja la ideología política de los partidos nacionales y defiende los intereses europeos y no exclusivamente los de un estado. También existen comisiones parlamentarias para trabajos concretos (asuntos exteriores, presupuesto…), formadas por diputados elegidos por los grupos políticos proporcionalmente.
4. Funciones Principales del Parlamento Europeo
- 1ª) Función legislativa: participa en ella junto al Consejo de la UE, mediante el procedimiento de la “codecisión”.
- 2ª) Función presupuestaria: aprueba el presupuesto comunitario conjuntamente con el Consejo de la UE, aunque tiene la última palabra y puede realizar modificaciones.
- 3ª) Función de control democrático: elige al presidente de la Comisión, órgano que es políticamente responsable ante el Parlamento.
- 4ª) Otras: como nombrar al Defensor del Pueblo Europeo y aprobar los acuerdos importantes.
5. El Consejo Europeo
Es la institución que define las direcciones y prioridades políticas generales y resuelve cuestiones de alto nivel, pero carece de poder legislativo. Está formado por los Jefes de Estado o de Gobierno de los estados miembros, así como por su presidente.
6. El Consejo de la UE
Es el principal órgano legislativo y de toma de decisiones de la UE. Representa los intereses particulares de los estados miembros y a sus reuniones asiste un ministro de cada uno de los gobiernos nacionales de la UE. Cuando se deciden las principales directrices políticas también acuden los presidentes y primeros ministros.
7. Responsabilidades del Consejo de la UE
- 1 Aprobar leyes europeas: legislando en muchos ámbitos en común con el Parlamento.
- 2 Coordinar las políticas económicas generales de los estados miembros.
- 3 Concluir acuerdos internacionales entre la UE y otros países u organismos.
- 4 Aprobar el presupuesto de la UE, junto con el Parlamento.
- 5 Desarrollar la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE.
- 6 Coordinar la cooperación entre los tribunales nacionales y la policía en materia penal.
8. La Comisión Europea
Es una institución políticamente independiente de los gobiernos nacionales, que representa y defiende los intereses de la UE en conjunto. La Comisión se forma con un comisario por país, incluido su presidente y el Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que será el vicepresidente.
9. Funciones de la Comisión Europea
- 1ª Proponer legislación al Parlamento y al Consejo de la UE (el Tratado de Lisboa reconoció la iniciativa legislativa popular, para lo que se requiere un millón de firmas).
- 2 Gestionar y aplicar las políticas de la UE y el presupuesto.
- 3 Hacer cumplir la legislación europea junto al Tribunal de Justicia.
- 4 Representar internacionalmente a la UE.
- 5 Velar por la correcta aplicación de los tratados.
10. El Tribunal de Justicia de la UE
- 1 Tribunal de Justicia: integrado por un juez de cada estado, asistidos por ocho “abogados generales” independientes, todos ellos nombrados por un período de seis años renovables.
- 2 Tribunal General: creado para ayudar al anterior, dispone de al menos un juez por estado miembro y es competente para pronunciarse en demandas presentadas por particulares, empresas y algunas organizaciones. Equivale a un tribunal de primera instancia.
- 3 Tribunal de la Función Pública: resuelve litigios entre la UE y sus agentes.
11. El Tribunal de Cuentas de la UE
Su principal función es comprobar que el presupuesto de la UE se ejecuta correctamente, es decir, que los ingresos y gastos de la UE son legales y claros. Está compuesto por un miembro de cada país, designado por el Consejo por un período renovable de seis años.
12. El Banco Central Europeo
Su sede está en Fráncfort y las principales funciones son gestionar el euro y ejecutar la política económica y monetaria de la UE, trabajando con total independencia. El objetivo principal del SEBC es mantener la estabilidad de los precios en la zona euro, preservando el poder adquisitivo de la moneda común.
13. Otros Órganos de la UE
Comité de las Regiones; - Comité Económico y Social Europeo; Defensor del Pueblo Europeo - Supervisor Europeo de Protección de Datos; Banco Europeo de Inversiones; - Fondo Europeo de Inversiones; Oficina de Publicaciones de la UE; - Oficina Europea de Selección de Personal;
14. Reglamentos de la UE
- 2 Reglamentos: son de aplicación obligatoria directa en todos los estados miembros, creando un mismo Derecho en toda la UE (tienen rango de ley). Desde que se publican son aplicables y obligatorios, sin necesidad de ser transcritos al Derecho nacional.
- 3 Directivas: son mandatos dirigidos a uno o varios países miembros, quienes en un plazo determinado deben adoptar las medidas necesarias para conseguir los objetivos.
15. Decisiones y Recomendaciones de la UE
- 4 Decisiones: son normas que regulan de forma obligatoria los casos particulares.
- 5 Recomendaciones y dictámenes: el dictamen es un acto normativo de carácter no vinculante que expresa un juicio o una valoración sobre una iniciativa externa. Las recomendaciones tampoco son de obligado cumplimiento y consisten en invitaciones para actuar de una determinada manera.