España Siglo XIX: Liberalismo, Constituciones y Regencias bajo Isabel II (1834-1854)

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El Tránsito hacia el Liberalismo Moderado (1834-1843)

Del Estatuto Real a la Constitución de 1837

El Estatuto Real de 1834 reservaba a la Corona una amplia capacidad legislativa y de veto, con unas Cortes muy elitistas. Los ataques carlistas y el descontento de los liberales progresistas ante el Estatuto Real provocaron una creciente agitación que terminó en movimientos revolucionarios contra el gobierno de Martínez de la Rosa en 1835-1836. Esto obligó a la regente María Cristina a poner al frente a un liberal progresista como jefe de Gobierno: Mendizábal.

El triunfo del progresismo se reflejó en la Constitución de 1837. Esta constitución recogía:

  • Soberanía nacional.
  • Amplia declaración de derechos.
  • Cortes bicamerales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
  • Sufragio censitario muy restringido.
  • El poder legislativo fue confiado al Rey y a las Cámaras (compartido), el ejecutivo en la Corona, y el judicial en los tribunales.
  • Ley de Ayuntamientos, en la que los alcaldes eran elegidos por la vecindad.

El triunfo del progresismo se reflejó también en la desamortización del patrimonio nobiliario y del clero regular. Esto provocó que Mendizábal fuese destituido por otro liberal progresista, Calatrava.

Tras ser aprobada la Constitución, se convocan elecciones, ganadas por los moderados, quienes intentaron eliminar los elementos más progresistas de la Constitución del 37. Esto provocó la oposición progresista con juntas revolucionarias. María Cristina en 1840 dimitió de su cargo y Espartero se convirtió en regente.

La Regencia de Espartero (1840-1843)

Espartero disolvió las Juntas Revolucionarias y convocó nuevas elecciones que dieron la mayoría parlamentaria a los progresistas. Durante su regencia actuó con marcado autoritarismo, aislándose cada vez más del entorno progresista y perdió la popularidad que lo había llevado al poder.

Una de sus actuaciones de mayor trascendencia fue la aprobación, en 1842, de un tratado de libre comercio con Inglaterra. La industria textil catalana se sintió gravemente amenazada y la medida provocó un levantamiento en Barcelona. Espartero mandó bombardear la ciudad hasta conseguir su sumisión, poniendo a Cataluña y a buena parte de sus antiguos partidarios en su contra.

Los moderados aprovecharon la división del progresismo y el aislamiento de Espartero para realizar una serie de conspiraciones encabezadas por los generales Narváez y O’Donnell. En 1843 Espartero abandonó la regencia y las Cortes adelantaron la mayoría de edad de Isabel II, que fue proclamada reina a los 13 años.

El Reinado Efectivo de Isabel II (1844-1868)

Principales Características Políticas

El reinado de Isabel II duraría 25 años y, aunque en apariencia fue agitado y cambiante, presentó unas características comunes:

  • Régimen de monarquía liberal de tendencia moderada: se permite solo la existencia de los partidos burgueses (moderados, progresistas y unión liberal).
  • Intervención de la Reina Isabel II en la vida política, apoyando a los sectores más moderados y evitando el acceso al poder de los progresistas.
  • La participación de los generales en el gobierno fue continua y la exclusión de la mayor parte del país en la vida política también.

La Década Moderada (1844-1854) y la Constitución de 1845

Las elecciones de 1844 dieron la mayoría a los moderados, que formaron un nuevo gobierno presidido por el General Narváez, quien impulsó una política basada en los principios del liberalismo moderado o doctrinario. El Estado debía sustentarse en el predominio del orden y la autoridad, y combinar la reforma política con medidas represivas contra los intentos revolucionarios de los progresistas (cuyos principales líderes optaron por exiliarse).

El gobierno preparó una reforma de la Constitución progresista de 1837 y aprobó la nueva Constitución de 1845, que recogió las ideas básicas del moderantismo:

  • Soberanía compartida: Rey y Cortes.
  • Poder Ejecutivo: Reina con amplias atribuciones (nombra ministros, disuelve las Cortes y veta sus decisiones, nombra miembros del Senado entre personalidades relevantes y de su confianza).
  • Ley de Ayuntamientos: alcaldes y presidentes de diputación elegidos por el Gobierno.
  • Supresión de la Milicia Nacional.

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