Elementos materiales del contrato de seguro

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Seguros contra daños:


son aquellos que Tienen por objeto indemnizar los perjuicios sufridos por el patrimonio del Asegurado.

Seguros d daños en las cosas:

el asegurador se obliga, a indemnizar los daños producidos en el objeto Asegurado a causa de un siniestro.
Los objetos asegurados son bienes concretos.

El seguro de incendios:

el asegurador Se obliga a indemnizar los daños producidos en el objeto asegurado a causa de Un incendio. La cobertura del seguro se extiende a los bienes descritos en la Póliza.

El seguro contra el robo:

la Cobertura del seguro comprende los daños derivados de la sustracción ilegitima De los objetos asegurados por parte de terceros, independientemente de la forma De comisión del delito.

Seguros patrimoniales:

Se engloban los seguros que cubren los riesgos relacionados con pérdidas en El patrimonio de una persona, por aumento de gastos o disminución de ingresos.

Seguro de crédito:

el asegurador se Obliga, a indemnizar al asegurado las pérdidas que experimente a consecuencia De la insolvencia definitiva de sus deudores. Se entenderá definitiva la Insolvencia del deudor cuando este haya sido declarado en concurso de Acreedores, cuando se haya intentado embargar al deudor sin éxito.

Seguro de caución:

el asegurador se Obliga a indemnizar al asegurado como resarcimiento o penalidad, los daños Patrimoniales sufridos. El tomador deberá reembolsar al asegurador todos los Pagos realizados.

Seguro de lucro Cesante o de pérdidas pecuniarias:

el asegurador se obliga, a indemnizar al Asegurado la pérdida del rendimiento económico que este hubiera podido alcanzar De no haberse producido el siniestro descrito en el contrato.

Seguro de responsabilidad civil:

el Asegurador se obliga, a cubrir el riesgo de que el asegurado deba indemnizar a Un tercero, en responsabilidad civil, los daños y perjuicios que le cause. Si No es parte del contrato tanto el perjudicado como sus herederos, en caso de Fallecimiento pueden dirigirse contra el asegurador para exigirle el Cumplimiento de sus obligaciones. Si estas actividades se realizan sin disponer Del seguro, dan lugar a una sanción.

Seguro De defensa jurídica:

el asegurador se obliga, a hacerse cargo de los gastos En que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un Procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios De asistencia jurídica judicial y extrajudicial. Este seguro no cubre el pago De multas y la indemnización de los gastos originados al asegurado por Sanciones impuestas por las autoridades.

El IRPF y la indemnización:

las indemnizaciones percibidas por perjudicados Que sean personas físicas, en los seguros de responsabilidad civil por daños personales, están exentas de IRPF.

Reaseguro


Es un contrato por el que un asegurador cede a otro, a Cambio del pago de una prima, todo o parte del riesgo relativo a un asegurado. Los pactos acordados entre el asegurador directo y el reasegurador no afectarán Al asegurado. En caso de siniestro el asegurado no podrá exigir al reasegurador La indemnización, sino que deberá dirigirse contra su asegurador, que es quien Deberá indemnizarle, sin perjuicio de que este reclame lo pagado a los Reaseguradores.

Fiscalidad d los seguros D daños:

si el asegurado es una empresa, la prima pagada tendrá la Consideración de gasto. Si ocurre el siniestro, la indemnización será un Ingreso fiscal y el daño sufrido será una pérdida fiscal. La diferencia entre Ambos puede originar un ingreso o una pérdida con consecuencias fiscales en el Importe devengado de ese impuesto.

Seguros Multirriesgo:

se caracterizan por Permitir la cobertura de varios riesgos en un mismo contrato. Permiten Flexibilizar las ofertas de los aseguradores y adecuarlas a las demandas reales Del mercado, con el consecuente incremento de la eficacia de los servicios y el Abaratamiento de las primas, debido a la reducción de los costes administrarivos.

Seguros combinados dl automóvil:

el objeto de este tipo de seguros es indemnizar los daños ocasionados a Consecuencia de la circulación. Para poder circular, todos los vehículos a Motor deben disponer de un seguro de responsabilidad civil. Este seguro Obligatorio, es insuficiente, por un lado solo cubre un determinado importe de Los daños y por otro no cubre todos los riesgos. Las aseguradoras han Desarrollado productos que complementan las coberturas de este seguro Obligatorio.

Principales coberturas:

Seguro Obligatorio de responsabilidad civil:es la cobertura básica sin la que este tipo de seguro no puede existir. Cubre hasta 70 millones de euros por siniestro en indemnizaciones por daños Personales y 15 millones en caso de daños a los bienes;seguro de responsabilidad civil voluntaria:cubre el importe de las Indemnizaciones que superen el límite de la responsabilidad civil obligatoria. Se contrata con carácter ilimitado; seguro ampliado:cubre riesgos adicionales como incendio, rotura de lunas y Parabrisas etc; daños propios en el vehículo:es el denominado seguro a todo riesgo. A las coberturas del seguro Ampliado se unen los daños ocasionados en el propio vehículo por culpa del conductor O por un tercero que no asuma su responsabilidad; seguro del conductor:se trata de un seguro de personas que Cubre las indemnizaciones por fallecimiento o lesiones del propio conductor y Los ocupantes del vehículo asegurado.

Tarificación De la prima:

en el seguro de automóviles, el asegurador recaba información Al tomador antes de aceptar una solicitud de seguro para determinar, en primer Lugar, si acepta contratar y si lo hace en qué condiciones y a qué precio. En El cuestionario previo se preguntará al tomador por todas las cuestiones que Puedan incidir en la determinación del riesgo. En la determinación de la prima Es habitual tener en cuenta el historial de siniestralidad de los conductores. Si no han tenido ningún siniestro en un determinado periodo de tiempo, pueden Beneficiarse de bonificaciones en la prima y si han sufrido alguno, se les Aplicará un recargo, es lo que se denomina sistema bonus-malus.

Comunicación del siniestro:

no podrá Usarse cuando en el siniestro haya 3 o más implicados. Para que exista una Versión única del siniestro, el parte amistoso ha de estar firmado por los dos Conductores implicados. Así los aseguradores actuaran de forma más rápida y Pagarán antes la indemnización. Atestado:si los involucrados en el accidente no se ponen de acuerdo o si Son más de 2, será necesaria la intervención de la autoridad competente. El Agente actuante rellenará un documento denominado atestado.

Determinación de la indemnización:

en Caso de siniestro, la principal obligación del asegurador es indemnizar a los Perjudicados los daños sufridos en sus personas o bienes. Para determinar el Importe de la indemnización habrá que concretar cuáles son exactamente esos Daños: daños materiales: se determinan a través del dictamen del perito Que es quien valora el alcance de la reparación; daños personales:para valorarlos, se recurre a informes Médicos que determinen el alcance de las lesiones producidas, indicando los Días de baja e ingreso hospitalario y las secuelas que queden a consecuencia del Siniestro. En caso de fallecimiento se aplican unas tablas que objetivan el Daño en función a las circunstancias personales y familiares de la víctima.

El seguro del automóvil y el tráfico Internacional:

los documentos acreditativos del contrato de seguro variarán De un país a otro, para posibilitar la acreditación de la existencia del seguro En un país extranjero, se emplea un documento denominado certificado Internacional de seguro de responsabilidad civil o carta verde. Este documento Está reconocido en toda Europa y otros países de Asía y África. No es necesario Para circular por Europa que acredite la existencia del seguro: póliza, es Conveniente tenerlo, al ser un documento estandarizado, facilitará cualquier Trámite en caso de siniestro.

Colaboración Entre aseguradores:

con el propósito de agilizar la resolución de los Siniestros en los que interviene culpa de alguna de las partes, la mayoría de Los aseguradores han firmado sistemas de colaboración recíproca. Comparten la Información suministrada por ellos mismos al llamado fichero histórico de Seguros de automóviles. Los  aseguradores Adheridos a este fichero, entre otras informaciones, comunican los siniestros Sufridos por los conductores aseguradores. Los datos comunicados permanecerán 5 Años en el fichero. Al realizar la tarificación de un nuevo tomador, los Aseguradores comprobarán su historial de siniestralidad y podrán mantener las Condiciones de bonus-malus. 

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