Control Parlamentario del Gobierno en España: Mecanismos y Fundamentos Constitucionales

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La Función de Control Parlamentario del Gobierno

El artículo 66 de la Constitución Española no menciona la creación del Gobierno porque esta función le corresponde exclusivamente a una de sus Cámaras: el Congreso de los Diputados. Dada su relevancia, es fundamental destacarla. Después de las elecciones, la primera y más importante función que debe realizar el Congreso de los Diputados es la designación del Presidente del Gobierno, mediante el procedimiento de investidura y el otorgamiento de confianza a un candidato propuesto por el Rey.

La creación del Gobierno establece una relación de confianza y responsabilidad entre el Parlamento y el Ejecutivo. El control del Parlamento es la garantía de la división de poderes y de la exigencia de responsabilidad política.

Los mecanismos de control de las Cámaras que la Constitución prevé, no ponen en juego la relación de confianza que las une. Estos mecanismos son los siguientes:

Mecanismos de Control Parlamentario

  1. Las Preguntas o Demandas de Información

    Dirigidas al Gobierno por un Diputado o Senador sobre “un hecho, una situación o una información, sobre si el Gobierno ha tomado o va a tomar alguna providencia en relación con un asunto, o si el Gobierno va a remitir al Congreso algún documento o a informar de algún extremo” (Reglamento del Congreso, artículo 188.1). Las preguntas deben formularse por escrito y pueden responderse por escrito o de forma oral; estas últimas se realizan en el Pleno o en la Comisión. Son preguntas dirigidas al Gobierno y deben ser contestadas por uno de sus miembros. El tiempo de respuesta es de una semana, lo mismo que para las interpelaciones (Constitución Española, artículo 111.1). Es el conocido question time.

  2. Las Interpelaciones

    Realizadas por los Diputados o por un grupo parlamentario al Gobierno sobre “motivos o propósitos de la conducta del Ejecutivo en política general, bien del Gobierno o de algún departamento ministerial” (Reglamento del Congreso, artículo 181.1).

  3. Proposiciones No de Ley

    Son proposiciones de acuerdo de la Cámara para definir su criterio sobre cualquier tema, excepto si se trata del texto articulado de una ley. Pueden ser presentadas por los grupos parlamentarios.

  4. Comisiones de Investigación

    Destinadas al estudio de “cualquier asunto de interés público” (Constitución Española, artículo 76.1).

  5. Derecho de Acceso a la Información y Ayuda

    Las Cámaras y sus Comisiones tienen derecho a toda la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus departamentos, así como de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas, lo que comprende:

    • El acceso a datos, informes y documentos de la Administración.
    • La comparecencia de los miembros del Gobierno ante las Cámaras y sus Comisiones.

Todos estos procedimientos tienen un singular relieve, puesto que constituyen las vías ordinarias de control parlamentario.

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