Contratación administrativa contratos sometidos autorización consejo ministros

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3. Las partes en el contrato administrativo

1. La administración contratante

La Entidad contratante es siempre una AAPP representadas por os órganos de contratación Que según la norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria tengan Atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. En la Administración del Estado tienen competencia para contratar: 

§Ministros Y Secretarios del Estado, previa autorización del Consejo de Ministros cuando El valor del contrato exceda una determinada cuantía o cuando tenga carácter Plurianual

§El PLCSP permite que los Ministros creen Juntas de contratación que actúan como órganos De contratación respecto algunos contratos que cuenten con el objeto y la Cuantía que la norma determine.

En Los Municipios y Provincias:

§Con Carácter general, se reparte entre los Plenos, alcaldes o Presidentes de Diputaciones según clase, cuantía y duración del contrato.  También pueden constituir Juntas de contratación 

En Las Administraciones autonómicas, habrá que atender a su normativa propia

Al Responsable del contrato, que puede ser persona física o jurídica, vinculada a La entidad contratante o ajeno a ella, le corresponde supervisar su ejecución, Dictar las instrucciones necesarias y adoptar las decisiones procedentes

para Asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la Actividad contractual, a los órganos de contratación que difundan a través de Internet su perfil de contratante. los órganos de contratación que tomen las medidas adecuadas para luchar contra El fraude, corrupción y favoritismo y prevenir, detectar y solucionar los conflictos de intereses 

2. El contratista


El contratista puede ser una persona natural o Jurídica, española o extranjera que tenga plena capacidad de obrar.. Los empresarios que formen parte de estas uniones temporales quedan obligados Solidariamente tienen que acreditar su solvencia económica, Financiera y técnica o profesional o, cuando así lo exija la ley, han de estar Debidamente clasificada.acuerdos Se inscriben de oficio en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que corresponda y tendrán una vigencia indefinida siempre que el Empresario mantenga las condiciones y circunstancias en que se basó la Concesión .La clasificación es el acuerdo adoptado por el órgano competente.

También Es necesario para contratar con la AAPP que las personas interesadas no estén Incursadas en una prohibición de contratar Los Empresarios deberán probar que no incurren en una prohibición, si alguien Carece de capacidad de obrar, es insolvente o está incurso en una causa de Prohibición y contrata, el contrato será declarado nulo de pleno derecho.












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