Comentario de texto la ley de modificación de fueros de 1841

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MODIFICACIÓN DE FUEROS INTRODUCCIÓN:


fragmento que recoge los artículos de la ley de modificación de fueros de 1841 (Ley Paccionada), por ello es un texto de fuente primaria. Naturaleza jurídica (recoge el contenido de una ley (Ley Paccionada). Carácter publico, puede ser conocido por todos. El encargado de crear el texto son las Cortes, situadas en Madrid, donde fue aprobado por la reina en 1841. Contenido, no están todos los artículos; art.5 (ayuntamientos), art 6,7(cupo para los soldados) y 16 (mantenimiento de las aduanas en la frontera).

C. REMOTO:

nos remontamos al momento en el que Navarra fue unida a la Corona de Castilla en 1515, aunque conservando sus fueros e instituciones. En 1512 Fernando el Católico ordeno invadir Navarra, todo ello se produjo en un ambiente beligerante entre Francia y Castilla por la hegemonía europea, pero Castilla contaba con el apoyo de lo beamont. También lo situamos en la G. De Sucesión Española, tras la muerte de Carlos II sin descendencia directa. Por ello toma el trono Felipe V de Borbón, pero tuvo el rechazo de Gran Bretaña, Holanda y Austria y de la C. De Aragón, que apoyo a Carlos de Austria. Felipe V contó con el apoyo de Francia y Castilla. Al final fue reconocido como rey tras renunciar al trono francés y a las posesiones españolas en Europa.

C.INMEDIATO:

Lo situamos en el momento en el que se produce el conflicto dinástico por el reinado de Isabel II, que lleva a la 1º g. Carlista (1833-1839), habrá 2 causas: el conflicto dinástico entre Isabel y Carlos Mº Isidro y el enfrentamiento entre 2 modelos de entender la sociedad; isabelino (quería un modelo liberal capitalista) y el carlista (querían volver al A.R). Coincidiendo con la guerra se produjo la crisis del reg. Foral; el Gob. Liberal no reconoce el reg. Existente y no se pueden convocar Cortes para la proclamación de Isabel como reina de Navarra (1833) además no pueden existir otras cortes que las de la nacíón española. La política marca el camino de convertir a Navarra en una provincia más. Los liberales navarros se enfrentan al gob.De Madrid, intentando hacer compatible el reg. Foral y el nuevo ordenamiento liberal. Los carlistas defienden los fueros como defensa del A.R. Se establecíó un Gob. Progres. Que sigue una política unitaria para todo el Estado, sin hacer caso de las propuestas navarras para defender y mantener los fueros. Consecuencia: resurgimiento del espíritu foral hasta entre los partidos de las reformas liberales. Se pasa a un gob.Moderado (1838-1839) y hubo una posible salida a la g.Carlista, utilizando los fueros como negociación. Con el fin de la guerra se establecíó el lema “Paz y fueros”. Pero con Navarra se continuaran con las negociaciones. Tras finalizar la guerra (14.Sep.1839) se aprueba la ley de confirmación de fueros, que decía que Navarra y las Vascongadas manténían sus fueros. La ley era ambigua y dejaba al gob la posibilidad de convocar Cortes españolas.

CONCLUSIÓN:


la Ley Paccionada fue aprobada tras varias negociaciones entre Navar. Y el Estado. Aprobada por las Cortes se convirtió en ley de fueros de Navarra, mantendrá la peculiaridad de Navarra dentro del Estado, aunque también tenían aspectos en común con el resto de las provincias, como el sistema electoral, aduanero… Con esta ley Navarra paso de reino a provincia con foralidad propia, la Diputación provincia se llamo Dip.Foral, todo ello supone el triunfo de la rev.Liberal burguesa frente al A.R.

COMP.ASAMBLEA CONSTITUYENTE 1869 INTRODUCCIÓN:


Gráfica semicircular de sectores, cada sector representa a un partido. Naturaleza política, representa la composición de la Asamblea Constituyente. Se puede situar a inicios del Sex. Democrático. Cabe distinguir la forma, se asemeja a la forma del parlamento. Formado por 351 diputados, aunque la distribución es desigual (describir).

INTERPRETACIÓN:

Convocatoria de Cortes y la elección de diputados: La distribución de escaños es el resultado de la situación política que sigue la revolución 1808 (La Gloriosa), que supuso la caída de la dinastía borbónica y el exilio de Isabel II. Nos remontamos al Pacto de Ostende (1866), que quería derrocar a Isabel II y convocar elecciones a Cortes constituyentes con sufragio universal. No sabia cual era el régimen que sustituirá a la monarquía isabelina, esto se discutirá en las Cortes. Después del existo de la revolución, los partidos firmantes del pacto (progre. Demócrata. Y unionistas) forman un Gob. Provisional dirigido por Serrano (unionista) y Prim (progres.). El nuevo Gob. Convoca elecciones a Cortes y decreta el sufragio universal masculino. Anteriormente el Gob. Se había pronunciado a favor de la monarquía, esto provoca la división del partido demócrata, y surgieron varios republicanos. En dicho proceso no hubo manipulaciones de los gobiernos, se celebraron en un ambiente de libertades, donde el sufragio paso de ser censitario a universal (permitíó votar a casi 4 millones, solo voto el 70%) votaban los hombres de mas de 25 años.

RESULTADOS:

La coalición del Gob. Provisional fue la gran ganadora; Progres (159) unión (69) y democr. Monarq. (20), formaban el 70% de la cámara, por ello no hubo ningún problema en aprobar la Constitución 1869, que establece la monarquía como forma de Gob. La minoría contó con 3 grupos importantes: republicanos (Oposición mas numerosa, querían la república, lo que logran en 1873), los carlistas (18 dip. Querían como monarca a su pretendiente). Se levantaron en armas contra Amadeo de Saboyá. Luego se encuentran los isabelinos, dirigidos por Cánovas, que querían conseguir la restauración dinástica borbónica, conseguido en 1874, tras el fin de la república.

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