Análisis de la constitución de 1869

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*Const.   1869*

CLASIFICACIÓN:


por su origen constituye una fuente primaria y directa ya que se trata de un documento original de la época esencial para el conocimiento del sexenio revolucionario. Por su naturaleza se trata de un texto de carácter jurídico. Por su contenido la selección de artículos hace alusión a diversos aspectos de marcado contenido político. Fue promulgada el 6 de Junio de 1869 durante el Sexenio
Democrático. En 1868 se produce la revolución la gloriosa protagonizada por los sectores progresistas demócratas y republicanos contrarios al régimen de Isabel ll. El autor es colectivo redactada por juristas y diputados de las Cortes Constituyentes. El destinatario es público ya que va dirigida al pueblo español. La finalidad del documento es ofrecer al país un marco constitucional que sea la referencia legal y política de mismo. 

Análisis:


los artículos expresan principios fundamentales del liberalismo político. Al principio se afirma la idea de soberanía nacional que aparecía la Constitución moderada de 1845. Las Cortes aprueban la Constitución. En el artículo 16 quedado claro el carácter democrático de esta Constitución. También se expresa el carácter constituyente de las Cortes cuyo objetivo primordial es el de elaborar esta constitución. 
En los primeros artículos se hace un reconocimiento de derechos. Se recoge una amplia y detallada declaración de derechos individuales naturales e inalienables. El artículo 17 queda recogido el derecho a la libertad de expresión y opinión así como la libertad de prensa. Es un reconocimiento de libertades básicas. El artículo 21 reconoce por primera vez la libertad de culto y su ejercicio público. En los siguientes se habla de la soberanía nacional que reside en la Nacíón y todos los poderes proceden de ella. También de la forma de gobierno que se establece una monarquía constitucional. Así como la división de poderes. El artículo 34 está dedicado al Poder Legislativo. La potestad de elaborar leyes reside en las Cortes y el rey solo tiene la capacidad de sancionar las y promulgarlas. El artículo 93 se refiere al Poder Judicial que residen los tribunales y se introduze la novedad del juicio mediante jurado. El último es relativo al gobierno de las provincias de Ultramar. Muestra la intención de llevar a cabo una futura reforma en el gobierno de Cuba y Puerto Rico. 

CONTEXTO HISTÓRICO:


está Constitución se promulgó durante la etapa histórica del sexenio revolucionario. El triunfo de la Revolución la gloriosa provocó en 1868 el derrocamiento de Isabel ll. El objetivo de los revolucionarios fue elaborar una constitución que estableciera el reconocimiento de la democracia como sistema político. Se formó un gobierno provisional presidido por el general Serrano. 
se convocan elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal y gana la coalición del gobierno provisional. La principal función de las Cortes Constituyentes fue la redacción de una nueva Constitución que tendría su precedente la Constitución non nata de 1856. Esta es la primera constitución democrática de la historia del constitucionalismo español realizada por los representantes de los ciudadanos elegidos democráticamente y que recoge los principios de soberanía nacional y sufragio universal masculino. La nueva burguésía pretendía una efectiva división de poderes con el fortalecimiento de las Cortes y la independencia del poder judicial. El legislativo reside en un congreso y un Senado y el Poder Judicial residirá en los tribunales. Aparece una detallada declaración de derechos individuales y de libertades democráticas básicas además había un reconocimiento de la libertad religiosa. Como forma de gobierno se establece una monarquía constitucional de carácter democrático. Aprobada la Constitución la tarea inmediata era encontrar un candidato para el trono español propuso a Amadeo de Saboyá tenía una concepción democrática de la monarquía. En los 2 años de reinado de Amadeo de Saboyá hubo problemas constantes como la tercera guerra carlista o la guerra de Cuba. Cuando el rey se quedó sin apoyo presentó su renuncia al trono en Febrero de 1873 y se proclama la Primera República. 

CONLUSION:


esta Constitución ha sido calificada como la más avanzada en el constitucionalismo español del siglo XlX. Incorpora los principios de la democracia que triunfan en Europa a partir de la revolución de 1848. Las enormes dificultades que tuvo para su permanencia vigencia y su fracaso final se debieron a diversos factores como la debilidad de las fuerzas políticas democráticas. Su fracaso respondíó al retraso social y económico de la España de entonces. No obstante hay que señalar que su objetivo fue consolidar un Estado democrático en España y en ese sentido se puede considerar como la primera constitución democrática de la historia de España. Está vigente desde 1869 hasta el 76 que se promulga otra constitución de carácter moderado.

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