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La Constitución: en su artículo 41, establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.
La Seguridad Social: tiene como finalidad garantizar a las personas trabajadoras y alos familiares o asimilados que tuvieran a su cargo la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten (casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad...)
Modalidad contributiva: integra a los trabajadores, y a sus familias, que residan y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional.
Modalidad no contributiva: están comprendidos en esta modalidad todos los españoles residentes en territorio nacional que no estén incluidos dentro de la modalidad contributiva por no haber cotizado, o haberlo hecho insuficientemente para conseguir las prestaciones. Comprende prestaciones de asistencia sanitaria, invalidez, jubilación y prestación por hijo a cargo.
REGÍMENES Q INTEGRAN LA SEGURIDAD SOCIAL:
**Regímen general
: en el q se encuadran la mayoría de los trabajadores.
**Regímenes especiales: en los q se incluyen las activ, q por su naturaleza, por las peculiares condiciones de tiempo y lugar en q se realizan o por la índole de sus procesos productivos, sean precisas para la adecuada aplicación de los beneficios de la S.S.
TRABAJADORES INCLUIDOS:
R.GENERAL:
españoles o extranjeros q trabajen habitualmente en territorio nacional x cuenta ajena y no incluidos en ningun regimen especial.
R.GENERAL: (trabajadores agrarios, del mar, de la mineria del carbon, autonomos, funcionario publicos, civiles y militares, empleados del hogar, estudiantes)
ENTIDADES GESTORAS:
**Instituto Nacional de la S.S (INSS):
es la entidad de la gestión y adm de las presentaciones economicas.
**Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa): su cometido es la adm de los servicios sanitarios.
**Instituto Nacional de Migraciones y Servicios Sociales (Imerso): gestiona las pensiones de invalidez y de jubilaciom, en sus modalidades no contributivas, asi como los servicios complementarios a personas mayores.
**Instituo Social de la Marina: se encarga de la gestion y adm de las prestaciones del sector maritimo y pesquero.
PRESTACIONES X MUERTE Y SUPERVIVENCIA:
-Auxilio x defuncion -Pension de viudedad -Pension de orfandad -Pension en favor de familiares.
DESEMPLEO: es la situacion en q se encuentran las personas q pudiendo y queriendo trabajar pierden su empleo o ven reducida la jornada laboral, al menos en una tercera parte con la correspondiente perdida o reduccion análoga de salarios.
-Nivel contributivo (prestacion x desempleo) -Nivel asistencial (subsidio x desempleo)
SERVICIOS COMUNES:
**Tesoreía General **Gerencia de Informática
ENTIDADES COLABORADORAS:
**Mutuas patronales: es una entidad aseguradora q las empresas contrata xa tener cubierto el riesgo de acc laboral o enfermedad profesional.
**Empresas: colaboran en la gestion de una de esta fromas:
-Colaboracion obligatoria -Colaboracion voluntaria









ORGANISMOS AUTONÓMOS:
**Instituto de Empleo-Servicio Público de Empleo (INEM): declara el reconocimiento, suspension, reanudacion y extincion del dcho a las prestaciones de desempleo, asi como la gestion y el control del mismo.
**Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo: consiste en asesorar y controlar las acciones digeridas a disminuir los riesgos laborales, los acc de trabajo y las enfermedades profesionales.
ASISTENCIA SANITARIA: consiste en la presentacion de los servicios médicos y farmacéutico dirigidos a conservar y recuperar la salud de las personas incluidas en la S.S.
MATERNIDAD Y ADOPCIÓN: la suspensión del contrato tendrá una duracion maxima de 16 semanas, q se amplian a 18 si el parto es multiple. De este periodo, al - 6 semanas deben disfrutarse despues del parto y el resto se distribuye a voluntad de la interesada.
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Si ambos padres trabajan: la madre podra optar xk el padre disfrute de una parte determ del descanso, siempre q sea interrumpido y tras el periodo inicial, salvo q la incorporacion al trabajo de la madre suponga riesgo xa la su salud.
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En el caso de adopcion y acogida de menores 6 años de edad, la duracion es de 16 semanas interrumpidad q se amplia 2 semanas + x hijo en caso de adopcion multiple.
RIESGO X EMBARAZO: la mujer trabajadora tendra dcho a percibir un subsidio diario equivalente al 75% de la base reguladora, q sera la misma q la utilizada xa calcular el subsidio x maternidad.
INCAPACIDAD PERMANENTE: es la situacion q se encuentra una persona q, despues de haber sido dada de alta médicamente presenta reducciones anatomicas o funcionales graves q disminuyen o anulan su capacidad xa el trabajo.
INCAPACIDAD TEMPORAL: es la situacion en q los trabajadores se encuentran transitoriamente xa trabajar y precisan asistencia sanitaria x situaciones de enfermedad comun o profesional, accidente y de periodos de observacion x enfermedad profesional.
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL: es la q produce al trabajador una disminucion no inferior al 33% en el rendimiento de su profesion, sin impedir la realizacion dddde las tareas fundamentales de la misma.
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL: inhabilita al trabajador xa la realizacion de las tareas fundamentales de su profesion, siempre q pueda dedicarse a otras distintas.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA: impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesion u oficio.
GRAN INVALIDEZ: es la situacion en la q se encuentra un trabajador afesctado x incapacidad absoluta.Necesita la asistencia de otra persona xa realizar los actos más esenciales de la vida (comer,desplazarse)

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