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Contrato de formacion 2009
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contrato para la realizació n de trabajos fijos discontinuos: concepto (contrato indefinido a tiempo parcial para efectuar trabajos q se repiten todos los años) duracion (se suscribe cuando se trabaja anualmente algunos meses o semanas) incentivos (los establecidos en la ley) 3. obligaciones con la seguridad social a cumplir por el empresario: inscripción de la empresa en la seguridad social, afiliación de los trabajadores, alta de los trabajadores, baja y variación de los trabajadores y cotizacion ala seguridad social De relevo:La persona contratada realiza la labor q ahora no realiza el jubilado . P or obra o servicio: se efectuan para la realizacion d obras y servicios q no tengan duracion determinada .Por jubilacion parcial: Se emplea cuando el trabajador accede a este tipo d jubilacion. Durara hasta q se produzca la jubilacion. La duracion dl contrato sera d un año.1- modificacion del contrato:·el empresario puede modificar algunos contenidos. ·movilidadfuncional: -funciones de categorias superiores le pagaran la diferencia salarial, podra solicitar el ascenso a esta categoria si trabaja mas de 50% de la jornada anual. -funciones de categorias inferiores:realizarlas sin reduccion salarial.· modificacion de condiciones del trabajo:condiciones basicas:la productividad,metodos de trabajo,organizacion y tiempo de trabajo.· movilidad geografica: -desplazo temporal:comunicarlo con 5 dias,maximo 12 meses,por cada 3 meses permiso retribuido mas gastos de viaje,compensacion. -desplazo definitivo: comunicarlo con 30 dias, conpensacion a la familia, solo se puede aceptarlo o extingir el contrato.2- suspension del contrato de trabajo: es la paralizacion temporal de la relacion laboral, no le pagan el contrato, una vez treminada la suspension el trabajador se incorpora. -causas: acuerdo entre la empresa y el trabajador, incapacidad temporal, privacion de la libertad, maternidad de la mujer 16 semanas, razones disciplinarias, fuerza mayor, huelga o cierre legal. -las excedencias: forzadas, voluntarias o por cuidar a un hijo menor de 6 años discapatizado.3- la exatincion del contrato de trabajo:la desaparicion del contrato de trabajo. -causas:terminacion de los contratos temporales, dimision del trabajador, abandono del puesto de trabajo, despido disciplinario, extincion de contrato por causas objetivas, despidos colectivos y de fuerza mayor, extincion por jubilacion.4- despido desciplinario: esta motivado por incumplimiento graves y culpables del trabajador. -causas:embriaguez habitual o toximania si influyue en el trabajo,disminucion de la productividad, ofensas vervales o fisicas,faltas repetidas, indisciplina, mala fe o abuso de confianza. - tramitacion de la empresa: carta de despido, tendra q darse la causa, el echo en los ultimos 12 meses. - reclamacion del trabajador :20 dias de plazo para la reclamacion, se deve intentar un acuerdo con la empresa. -posibles sentencias:despido nulo, despido procedente, despido improcedente. Exercici per calcular la indemnització ; modificació horari= 20 dies x any. coges el salario(780 + 120)x 2=1800. prorrateig de pago extra 1800/12= 150. salario diario: 780+120+90=990 euros q cobra al mes + 150 euros= 1149 al mes. 1140euros al mes/30 dies: 38 € diaris. 20 dies x 38€diaris= 760 € than d pagar a l'any. 760€ x 10 anys treballts=7600€ total que rep dindemitzacio. T ema 6 CONTRATOS D FORMACIÓN: Consideraciones Preeliminares: Estos contratos son d 2 tipos distintos e independientes y cuentan cada uno d ellos su regulación.Contrato d trabajo en prácticas: requisitos El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Requiere q no hayan transcurrido más de 4 años desde la terminación de los correspondientes estudios Requisitos formales; El contrato deberá formalizarse por escrito, haciendo constar la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto o puestos de trabajo a desempeñar durante las prácticas. Período de prueba, duración y prórroga; La duración del contrato no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años. Ningún trabajador, podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa, por tiempo superior a 2 años en virtud de la misma titulación. Retribución; Será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin q, en su defecto, pueda ser inferior al 60% ó 75% durante el 1º o 2º año de vigencia del contrato. Las citadas cuantías no podrán ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional. Extinción; por mutuo acuerdo entre las partes, causas consignadas en el contrato, expiración del tiempo convenido, dimisión del trabajador, muerte, invalidez o incapacidad permanente total absoluta del trabajador, jubilación, incapacidad o extinción, fuerza mayor, despido colectivo, voluntad del trabajador con causa justificada, despido disciplinario y causas objetivas legalmente procedentes. A la terminación del contrato el e. deberá entregar al trabajador un certificado en el q conste la duración de las prácticas, el puesto de trabajo .desempeñados y las principales tareas realizadas
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