Contabilidad

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Procedimiento pericial
Tipos de peritos
Perito oficial:aquellos que están juramentados para apoyar a los tribunales de justica, estos son: peritos del SML, peritos de LACRIM, LABOCAR, fiscalizador del SII.
Perito judicial: son aquellos que están escritos en las listas de los tribunales de justicia.
Peritos privados: nosotros
Informe pericial
Es un documento que emite un perito el cual rescata los hechos circunstanciados sobre lo acontecido en un delito (económico o financiero)
Estos delitos son: Fraudes, Estafas, Quiebras, Usuras, Apropiación indebida, Pensión alimenticia, Uso de firma en blanco, Incendios, malversación de caudales públicos
Auditoria: es un trabajo desarrollado en base a porcentajes (%) o parámetros predefinidos para revisar algunas cuentas contables en los estados financieros utilizados para ello determinado herramientas.
Un auditorio de estados financieros revisa solo un porcentaje de los datos consignados, no revisa el 100% de la contabilidad.
La pericia contable revisa el 100% de las contabilidades producidas dentro del periodo debitado (esta es la gran diferencia con la auditoria)
*Auditoria de R.R.H.H. (recursos humanos)
-----personal
*Auditoria tributaria
---------- impuestos
*Auditoria interna----------procesos (la revisa)
*Auditoria de E.E.F.F. (estados financieros)
---------- contabilidades, balances ETC.
Herramientas de auditoria
1.Observación:
observan los procesos internos relacionados con la contabilidad.
2.Indagación: es preguntar, recabar informaciones.
3.Confirmación: esta técnica consiste en enviar cartas a clientes, proveedores, bancos, otros. Para efectos de confirmar los saldos contables. por medio de:
*Circularizacion: cuando se manda la carta.
*Circularizacion cerrada: cuando se pregunta: me debe $ 5000.000, y el cliente solo debe responder SI o NO. *CIAC abierto:cuando mando carta y le pido que me informe cuando es lo que debe.
4.Re-calculo: consiste en volver a calcular los valores contabilizados.
5.Inspección: es el examen físico de los documentos o bienes de la empresa.
6.Análisis:es la más difícil de aplicar xq consiste en razonar lógicamente lo he recopilado, he recobrado para efectos de omitir mi opinión.
Limitantes de peritos contables para realizar pericias
**Oficio no claro
**No enviar documentos
Procedimientos de análisis:
Los procedimientos entregan evidencia directa sobre la validez de las transacciones y saldos contables.
1.Procedimiento analítico:
Son aquellos que nacen del estudio y evaluación de la información contable utilizando comparación entre datos relevantes.
2.Procedimientos de pruebas detallas de transacciones y saldos:
Esto corresponde a la inspección de los documentos y registros en que se aplican las herramientas de observación, confirmación y recálculo
3.Procedimiento de diagnostico:
Consiste en analizar la información contable para identificar áreas de alto riesgo ej.: la inspección física en bodega junto a la observación para verificar si se cumplen los sistemas de control internos diseñados.





Peritaje contable
Es un examen analítico, acucioso, circunstanciado basado en la técnica contable y el buen criterio de todos aquellos elementos que entregan relación con la materia a investigar con el objeto de determinar la existencia de la conducta y materialización del delito si es que se produce o no.
Características del trabajo pericial contable son:
Es un trabajo analítico:
Por que separa datos que correspondan entre aquellas materias de investigación con otros que no incidan en el delito con la finalidad de llegar a conocer los fundamentos que dieron forma al delito investigado.
Acucioso:
Debe existir un fuerte deseo del investigador por trabajar con los indicios en forma diligente (serenidad) en procura de buscar la verdad que se solicite
Circunstanciado:
Debe indicar todas las características en forma cronológica que permitan dar solides a su opinión referido a si. La información analizada es elemento demostrativo de lo que se intenta robar.
cuando el perito contable no tiene documentación suficiente para emitir su opinión debe solicitar mas documentación que ayude a la investigación tanto al querellante como el querellado, en otras palabras, no debe quedarse satisfecho solamente con la información recibida de la fiscalía o juez de menores etc.
Materialidad:
Corresponde a que el informe pericial contable debe contener la opinión respecto de que si se produjo o no el delito consultando lo cual fue revisado mediante un examen técnico profesional sobre los elementos disponibles. Modus operandi
Técnica contable:
Dado que los delitos económicos financieros son cometidos valiéndose de los conocimientos que entrega la contabilidad y esta a su vez es una técnica de la administración, supone que el perito contador que realiza una pericia contable tenga dominio sobre dicha técnica.
Informe pericial
Una ves que el perito contable a realizado todas las diligencias mediante procedimiento de auditoria utilizando las técnicas apropiadas debe expresar su opinión en un informe detallado y claro. La opinión emitida en el informe por si solo no tiene ningún valor, el valor se adquiere cuando el perito contador defiende su informe en el juicio oral.
El informe pericial en el sistema procesal penal no tiene plazo regulado por ley, sin embargo el fiscal de acuerdo a su interpretación y conocimiento determina un plazo para reunir el informe. En el sistema antiguo existen delitos con plazo definido. El informe de acuerdo al ART 315 del código procesal penal el informe debe ser emitido por escrito.
En algunos juicios pueden existir 3 informe periciales:
*Aportado `por el querellante
*Aportado por el querellado
*Por el tribunal o ministerio publico.
El informe pericial contable se debe emitir con tres párrafos claramente definidos:
A.
Debe describir la persona y el objeto sometido a revisión, además se debe señalar toda la información recopilada tanto del querellante como del querellado, es decir, que documentos contables, libros contables, comprobantes, escrituras publica etc. Finalmente se debe realizar una pequeña descripción del delito investigado.
B.Se deben indicar todas las operaciones realizadas y sus resultados. Este es el más extenso del informe.
C.Las conclusiones, esta debe ser breve y precisa respondiendo claramente lo solicitado por el fiscal.
Remuneraciones de pericias
El art 316 del C.P.P. señala que el tribunal admitirá los informes y citara al perito cuando considere que los peritos y su informe otorgan garantías de seriedad y profesionalismo.
Los honorarios y demás gastos corresponderán a las partes que los presenten, y en forma excepcional el tribunal eximirá del total o una fracción de el cuando el considere que el individuo no tiene los recursos suficientes.

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