Conceptos generales de Dº

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TEMA 2: CONCEPTOS GENERALES DE Dº.1.Conceptos generales:el Ius.Como primer concepto estaría el ''Ius'', en el Digesto hay un jurista llamado Celso que define el Ius como ''Ius stars boni et aequi'', es decir, el Dº es el arte de lo bueno y de lo justo.Nuestra palabra Dº no deriva de Ius sino de Directum que a su vez es una derivación ''De_rectum'' y viene de la diosa Justicia que portaba en la mano una balanza y en el momento en el que la balanza estaba en equilibrio servía para aludir a lo que era justo.2.Fas e Ius.En época primitiva lo religioso y lo profano estaban intimamente unidos, la palabra Ius servía para designar lo que era lícito para la comunidad, cualquier tipo de actuación, mientras que la palabra Fas designaba lo que era lícito para los dioses, por tanto Ius era Dº humano mientras que Fas era Dº divino.En el siglo I d.C se produce la secularización del Ius, se produce una separación entre el Ius y el Fas, por un lado están ''lus humanum'' y el ''lus divinum'', ya no hay entrelazamiento entre lo humano y lo divino.A su vez la palabra Ius puede tener varios significados,puede tener un significado objetivo, se habla de ''Ius Gentium'' ''Ius Civile'' y el ''Honorarium'' que son un conjunto de normas.también puede tener un significado subjetivo, se puede hablar, por ejemplo, de un ''Ius distramendi''(derecho a vender una cosa que no tiene en prenda) o ''Ius Utendi'' (facultad o posición de una persona o entidad a realizar ciertas cosas).

Un 3er sentido de la palabra Ius es la de ''posición justa'', que quiere decir ''que así sea''.Y un 4º sentido del Ius hace alusión al lugar donde el magistrado imparte justicia.Iustitia y Aequitas.Lo define otro jurista llamado Ulpiano, para él significa la ''voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo''. La ''Equitas'' o equiedad es la '' adecuación del Dº positivo a las necesidades y costumbres de la comunidad a la que se aplica''.



3.Los Tria Iuris preacepta(los tres preceptos del Dº)También nos lo define Ulpiano y eran:1.''Honeste Vivere'':vivir honestamente.2.''Alterun non laedere'':no lesionar a otro o ''Neminem laedere'' no dañar a nadie.3.''Suum cuique tribuere'': a cada cual lo suyo.4Clasificaciones del Dº objetivo.·IUS PUBLICUM (Derecho público): Derecho que emana o surge de los órganos estatales. Ejemplo: Derecho civil, penal, administrativo, etc.·IUS PRIVATUM (Derecho privado): Derecho que regula los intereses entre particulares.
·IUS CIVILE (Derecho civile): Derecho propio de los ciudadanos romanos (los civis).·IUS HONORARIUM o IUS PRAETORIUM: Derecho que crea el pretor y tiene como función corregir y completar el Ius civile.·IUS GENTIUM (Derecho de gentes): Derecho común a todos los pueblos de la antigüedad, entre ciudadanos romanos y extranjeros.·IUS NATURALE (Derecho natural): Derecho que es enseñado a todo hombre y animal por naturaleza (procreación, educación de los hijos, etc.)
·IUS COMMUNE (Derecho común): Están formados por normas de carácter general, que son aplicados a la totalidad de la comunidad.·IUS SINGULARE (Derecho singular): Derecho que excluye las normas comunes en determinadas ocasiones. Por ejemplo a los militares para hacer testamento cuando están en campaña o en guerra no tiene que seguir unas normas, basta con dejarle o decirle a alguien su voluntad, sin necesidad de testigos ni de que sea por escrito.·IUS PRIVILEGIUM (Derecho privilegiado): Regulación de contenido favorable o desfavorable, emanada frente a un particular o individuo.

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